Código de conducta

Misión

La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College (Colegio) y sus estudiantes.

Objetivo de la política

La presente Política del Código de Conducta para la Recaudación de Fondos articula la ética y los valores que todas las personas que recaudan fondos en nombre de la Fundación se comprometen a respetar. Este código se aplica al Consejo de Dirección de la Fundación, al personal de la Fundación, a los recaudadores de fondos contratados y a los voluntarios. El propósito del código de conducta es observar y promover los más altos estándares de conducta personal y profesional para mejorar la integridad de la Fundación y promover la máxima confianza de los donantes. Esta política se basa en el código ético elaborado por la Association of Fundraising Professionals y el Council for the Advancement and Support of Education.

Código de conducta

La Fundación está comprometida con los más altos estándares de conducta ética en sus actividades de recaudación de fondos y operaciones comerciales. Los miembros del Consejo de la Fundación, el personal, los consultores y los voluntarios representan la integridad tanto de la Fundación como del Colegio, así como de la profesión de recaudación de fondos. Por lo tanto, quienes recaudan fondos en nombre de la Fundación se comprometen a mantener la más alta conducta personal y profesional y a acatar las Políticas y Procedimientos del Colegio y el Código de Conducta de la Fundación que se describen a continuación.

De conformidad con las normas establecidas por la Association of Fundraising Professionals, el Consejo de Dirección de la Fundación, el personal de la Fundación, los recaudadores de fondos contratados y los voluntarios:

  1. No participará en actividades que perjudiquen a la Fundación.
  2. No realizarán actividades que entren en conflicto con sus obligaciones fiduciarias, éticas y legales para con la Fundación.
  3. Deberá revelar efectivamente todos los conflictos de intereses potenciales y reales; dicha revelación no excluye ni implica una incorrección ética.
  4. No explotará ninguna relación con un donante o posible donante.
  5. Cumplirá todas las leyes civiles y penales locales, estatales y federales aplicables.
  6. Reconocerán sus límites individuales de competencia y serán francos y sinceros sobre su experiencia y cualificaciones.
  7. Presentará y prestará servicios de recaudación de fondos de forma honesta y sin tergiversaciones.
  8. Se abstendrán en todo momento de infringir a sabiendas los derechos de propiedad intelectual de la Fundación. Las personas deberán abordar y rectificar cualquier infracción inadvertida que pueda producirse.
  9. Protegerá la confidencialidad de toda la información privilegiada relacionada con la Fundación, el Colorado Mountain College y los donantes potenciales o reales, y no revelará información privilegiada o confidencial a partes no autorizadas.
  10. Se adherirá al principio de que toda la información sobre donantes y posibles donantes creada por la Fundación o en su nombre es propiedad de la Fundación y no se transferirá ni utilizará excepto en nombre de la Fundación.
  11. Devolverá todo el material y la información a la Fundación una vez finalizada la campaña y/o concluido el compromiso.
  12. No aceptará regalos personales de los donantes, salvo regalos simbólicos.
  13. Están estrictamente prohibidas las comisiones, los honorarios contingentes o los honorarios basados en el porcentaje de los fondos recaudados.
  14. No pagará honorarios de intermediario, comisiones ni compensaciones porcentuales basadas en las cotizaciones.
  15. Adoptará un enfoque centrado en el donante en todas las actividades de captación, solicitud y gestión.

Este código de conducta se incluirá en las condiciones contractuales de todas las actividades de recaudación de fondos contratadas.

Las infracciones de este código de conducta pueden constituir motivo de rescisión, suspensión de pagos o acciones legales para la recuperación de daños y perjuicios.

Cambios en el código de conducta

Este código de conducta ha sido revisado y aprobado por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.

Aprobado el 22 de febrero de 2024