

Misión
La Fundación Colorado Mountain College crea un apoyo comunitario sostenible para las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Mantener la excelencia
Una universidad próspera es la gran llave para abrir una economía vibrante y una región próspera. Con el fin de mantener las ondas positivas del éxito, Colorado Mountain College debe seguir reflejando las prioridades y los valores de nuestras comunidades, siendo la innovación y el liderazgo los más críticos. Estos objetivos requieren recursos que van más allá del apoyo proporcionado por las operaciones diarias del Colegio.
¿Cómo puede ayudarnos?
- Prestar apoyo a becas para estudiantes
- Hágase miembro de la Sociedad del Legado de Davenport
- Contribuir a un campaña de capital
- Participe en el Asociación de Antiguos Alumnos del CMC
- Apoye uno de los proyectos de la Fundación CMC iniciativas especiales
Esperamos colaborar con ustedes para seguir cambiando la vida de los estudiantes y de nuestras comunidades.
El número de identificación 501c3 de la Fundación es 74-2393418.
Políticas de la Fundación
Política de tasas administrativas
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Objetivo de la política
A medida que se amplían las instalaciones y los programas de Colorado Mountain College (College), el papel de la Fundación es fundamental. La recaudación de fondos en la Fundación no sólo incluye la solicitud de contribuciones, sino también el procesamiento y la contabilidad de las donaciones, así como la administración de los donantes. Por lo tanto, para recuperar una parte de los costes de gestión de la Fundación, se cobrará una tasa administrativa por todas las donaciones. La Fundación también actúa como agente fiscal para las subvenciones gubernamentales y complejas que recibe el Colegio, para las que se requiere una tasa administrativa que garantice la presentación de informes y la gestión programática.
Definiciones
Tipos de fondos
- Fondo de uso corriente: fondo creado para recibir y gastar donaciones destinadas por el donante a fines o programas corrientes; fondo que no es una dotación.
- Fondo de dotación: fondo creado para recibir e invertir donaciones efectuadas por donantes y destinar una parte de los beneficios a fines restringidos o no restringidos. Un fondo dotado protege la donación a perpetuidad invirtiendo responsablemente el capital (corpus) y distribuyendo un pago anual realizado a partir de una parte de los ingresos de la inversión, lo que permite que el valor real del fondo aumente con el tiempo.
Tipos de regalos
- Donación: transferencia benéfica e irrevocable de dinero o bienes realizada voluntariamente. Las donaciones pueden designarse para fines específicos y el donante puede exigir que se informe sobre el uso de los fondos donados, pero no que se devuelvan, ya sean financieros o de propiedad real o intelectual. Algunas donaciones pueden llevar el nombre del donante.
- Subvención: Una subvención es esencialmente sinónimo de donación, salvo que proceden de una fundación o corporación benéfica.
- Subvención pública: Subvención que se financia con fondos estatales o federales.
- Regalo en especie: transferencia benéfica e irrevocable de bienes tangibles entregados voluntariamente. Estas transferencias están motivadas por algo distinto a una contraprestación o expectativa de retorno financiero u obligación contractual.
- Promesa: la promesa de una donación que se hace jurídicamente vinculante mediante un acuerdo firmado.
- Ingresos de programas: fondos recibidos adecuadamente por la Fundación para fomentar un programa de la Universidad y la Fundación, que no son filantrópicos, incluidos, entre otros, la venta de entradas, la afiliación, los pagos de cánones, la venta de bienes tangibles y los patrocinios.
Política
Para compensar los costes de recaudación de fondos, gestión de donaciones, administración y apoyo a las becas, la Fundación cobrará una tasa administrativa única en el momento de su recepción.
En el caso de las subvenciones no gubernamentales y las donaciones o subvenciones que no requieran amplios requisitos de presentación de informes y/o coordinación de programas, la tasa administrativa se determina como un porcentaje de la contribución de acuerdo con la siguiente escala móvil de tasas administrativas:
Importe del regalo
- > / = $500.000 tiene una tasa administrativa de 3%
- $100.000 - $499.999 tiene una tasa administrativa de 4%
- < / = $99,999 tiene una Tasa Administrativa de 5%
Las donaciones o subvenciones de empleados del Colegio o de la Fundación están exentas de tasas administrativas. Para compensar los requisitos del informe de Subvenciones y los requisitos de Coordinación de Programas de Subvenciones Gubernamentales y/o Donaciones o Subvenciones complejas no Gubernamentales, la Fundación CMC utilizará la tasa de minimis de 10% permitida por el Gobierno Federal, o mayor si se permite.
- Cuando un acuerdo de subvención o donación entre las partes pertinentes aborde específicamente la tasa administrativa, el acuerdo de subvención o donación prevalecerá con respecto a la tasa administrativa.
- Las solicitudes de exención de la tasa administrativa deben ser aprobadas por el Director Ejecutivo (CEO) de la Fundación en consejo con el Comité Ejecutivo (Comité) de la Fundación o el Presidente del Comité en caso de que el CEO determine que dicho consejo es necesario. Tales aprobaciones se documentarán por escrito. Toda dispensa deberá redundar en beneficio de la Fundación y del Colegio.
- La tasa administrativa se comunicará a los donantes en el momento de la donación.
- El resto de la donación se destinará a los fines previstos.
Cambios en esta política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Política de tesorería e inversiones
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Objetivo de la política
La Fundación Colorado Mountain College, Inc. (Fundación) es una corporación sin fines de lucro organizada bajo la Sección 501(c) (3) del Código de Rentas Internas (Código) e incorporada bajo el Artículo 40, Título 7 de los Estatutos Revisados de Colorado de 1973. La Fundación adoptó, modificó y reformuló sus estatutos el 23 de mayo de 2006. La Fundación se estableció principalmente para promover el bienestar, el desarrollo, el crecimiento y el ser de Colorado Mountain Junior College District (College), sino también para apoyar los asuntos de su comunidad. El año fiscal de la Fundación va del 1 de julio al 30 de junio.
Para llevar a cabo su misión, la Fundación recauda fondos que debe administrar, gestionar e invertir. Dichos fondos pueden aportarse sin restricciones (no restringidos), con restricciones temporales (restringidos temporalmente) o con restricciones permanentes (restringidos permanentemente). El propósito de la Declaración de Política de Caja e Inversiones es establecer una clara comprensión de 1) la naturaleza de los activos financieros de la Fundación y su alcance, 2) las leyes, reglamentos y principios aplicables, 3) la identidad de los fiduciarios de la Fundación, autoridad de delegación, responsabilidades, 4) normas de conducta de los fiduciarios, 5) objetivos de inversión, filosofía, estrategia, asignación de activos y riesgo tolerable, 6) instrumentos de inversión, 7) política de gastos, 8) política de reequilibrio, 9) coordinación de responsabilidades fiduciarias, 10) proceso de supervisión, 11) proceso de revisión de políticas, y 12) fecha de aprobación y entrada en vigor.
I. Naturaleza de los activos financieros y ámbito de aplicación
La Fundación dispone de activos financieros no restringidos que pueden utilizarse como sus fiduciarios consideren necesario, incluidos los costes operativos; dichos fondos se acumulan a partir de las tasas administrativas sobre las contribuciones de acuerdo con la Política de Tasas Administrativas de la Fundación modificada el 18 de febrero de 2021 y las contribuciones no designadas de los donantes. La Fundación también tiene activos financieros temporalmente restringidos que utilizará de acuerdo con las restricciones de los donantes, generalmente durante un periodo de uno a cinco años. La Fundación también tiene activos restringidos temporalmente generados por la actividad neta de inversión y distribución de sus fondos de dotación restringidos permanentemente; dichos fondos pueden utilizarse en cualquier momento de conformidad con la legislación aplicable o el acuerdo de donación que los controla. Por último, la Fundación cuenta con activos financieros de uso restringido permanente, o dotaciones, que se invierten de forma permanente y no se utilizarán salvo revisión del correspondiente acuerdo de donación por parte del donante y la Fundación, el vencimiento de un periodo de tiempo o la ocurrencia de un determinado acontecimiento según el acuerdo de donación aplicable en el caso de una dotación a plazo o la acción del Consejo de Administración de la Fundación en el caso de una cuasidonación. La administración de los fondos de dotación también se rige por la Política de Dotación de la Fundación.
Esta política se aplica a todos los activos financieros de la Fundación.
II. Leyes y principios aplicables
Esta política pretende cumplir con todas las leyes y reglamentos locales, estatales y federales pertinentes, así como con las normas de contabilidad financiera, incluyendo, entre otras: el Código de Rentas Internas; Sarbanes-Oxley; los Estatutos Revisados de Colorado, en general; el Estatuto Revisado de Colorado 15-1-11 "Ley Uniforme de Gestión Prudente de Fondos Institucionales" (UPMIFA), en concreto; la Codificación de Normas Contables (ASC) del Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB).
En caso de que los términos de un acuerdo de regalo entren en conflicto con la política establecida, prevalecerá el acuerdo de regalo, suponiendo que dicho acuerdo sea legal; cuando los términos de un acuerdo de regalo sean o se conviertan en ilegales, prevalecerá la legislación aplicable.
En el futuro, si se promulgaran o modificaran leyes, reglamentos o políticas de la Fundación aplicables a esta política, ésta se considerará modificada para cumplir dichas leyes o reglamentos hasta el momento en que esta política pueda modificarse o reformularse formalmente.
III. Fiduciarios, autoridad delegada y responsabilidades
Las siguientes personas son fiduciarios con respecto a los activos financieros de la Fundación y poseen delegación, autoridad y responsabilidades según se describe a continuación. Todos los fiduciarios están obligados a cumplimentar la Declaración anual de divulgación de conflictos de intereses de la Fundación (Anexo A).
A. Consejo de Administración: El Consejo de Administración de la Fundación (el Consejo), incluido el Director Ejecutivo de la Fundación (CEO) en calidad de miembro nato, es el máximo responsable fiduciario de los activos financieros de la Fundación y de su gestión e inversión. El Consejo es responsable de garantizar que las políticas apropiadas que rigen la gestión de los activos financieros estén en vigor, se apliquen y funcionen eficazmente. El Director Ejecutivo de la Fundación nombra a los miembros del Comité de Finanzas e Inversiones, y el Consejo está facultado para delegar en dicho Comité la responsabilidad de redactar, aplicar y supervisar la ejecución de la presente Política de Efectivo e Inversiones. No obstante, el Patronato conserva la responsabilidad de aprobar esta política.
B. Comité de Finanzas e Inversiones: El Comité de Finanzas e Inversiones (Comité), que incluye al Presidente del Consejo y al Consejero Delegado como miembros de oficio, es responsable de redactar, aplicar y supervisar la ejecución de esta Política de Efectivo e Inversiones, pero puede delegar la responsabilidad de redactar esta política según lo considere necesario; no obstante, el Comité debe aprobar el proyecto de política y recomendarlo al Consejo para su aprobación. El Comité también puede delegar sus responsabilidades en el Presidente del Comité si lo considera necesario para la rápida ejecución y funcionamiento de esta política. El Comité también es responsable de aprobar la estrategia de inversión; contratar a los gestores de inversiones y a los consultores de inversiones, en su caso; y supervisar el rendimiento de la cartera de los gestores de inversiones de forma periódica (trimestralmente como mínimo) para garantizar el cumplimiento de esta política. El Comité se reunirá un mínimo de dos veces al año con el Gestor o Gestores de Inversiones y el Consultor de Inversiones para examinar los resultados trimestrales pertinentes de las inversiones, las perspectivas económicas y otros asuntos que resulten necesarios. El Comité informará al Consejo sobre el estado y las perspectivas de los activos financieros de la Fundación en las reuniones del Consejo.
C. Gestor de inversiones: El Gestor de Inversiones (Gestor) implementa la estrategia para la que ha sido contratado comprando, vendiendo o manteniendo las inversiones específicas para alcanzar los objetivos de inversión de la Fundación, y tiene plena discreción para tomar todas las decisiones de inversión para los activos puestos bajo su dominio mientras opera dentro de las políticas, directrices y restricciones descritas en esta declaración. Los gestores podrán utilizar una gestión de inversiones activa y pasiva. El Gestor se reunirá con el Comité de Finanzas e Inversiones un mínimo de dos veces al año o con mayor frecuencia si el Comité lo considera necesario.
D. Contable de la Fundación: El Contable de la Fundación (Contador) es generalmente responsable de la coordinación de los otros fiduciarios con respecto a la gestión e inversión de los activos financieros de la Fundación. El Contable registra las donaciones a la Fundación en el software de contabilidad de la Fundación de acuerdo con los términos del respectivo convenio de donación y/o los términos de la Política de Aceptación de Donaciones de la Fundación modificada el 25 de abril de 2013. Además, el Contable revisa, gestiona y concilia el efectivo y las inversiones diaria, mensual o anualmente, según corresponda, y solicita/sugiere transferencias entre cuentas de efectivo e inversiones según sea necesario; supervisa mensualmente las inversiones entre Gestores y el sector de inversiones; asiste a cualquier reunión entre el Comité y el Gestor y/o el Depositario; y realiza otras tareas de efectivo e inversiones que le asigne el Comité.
E. Otro personal de la Fundación: Debido a la adecuada segregación de funciones, el Contable no es responsable de gestionar directamente las contribuciones a la Fundación. Otros miembros del "personal" de la Fundación, incluidos los responsables regionales de desarrollo de la Fundación (que son empleados universitarios y/o contratistas independientes en la fecha de esta política), reciben fondos para la Fundación, registran dichas contribuciones, depositan fondos en las cuentas de la Fundación y/o autorizan/transfieren fondos entre las cuentas de la Fundación.
F. Custodio: El Depositario salvaguarda los activos de la cartera y es responsable de la liquidación de los valores comprados y vendidos, del cobro de dividendos y pagos de intereses de los valores de la cartera, y de la administración de las acciones corporativas sobre los valores mantenidos, como los desdoblamientos de acciones y los dividendos. El Depositario también proporciona informes contables mensuales y anuales y desembolsa fondos.
IV. Normas de conducta de los fiduciarios
En el desempeño de sus funciones, los fiduciarios se atendrán a las siguientes normas de conducta en la gestión e inversión de los activos financieros de la Fundación:
A. Finalidad: Sujeto a la intención del donante expresada en un instrumento de donación, considere los fines benéficos de la Fundación y la finalidad de los fondos.
B. Prudencia, Lealtad, Obediencia: Gestionar e invertir los fondos de buena fe y con el cuidado que una persona normalmente prudente en una posición similar ejercería en circunstancias parecidas, además de cumplir con los deberes de 1) lealtad, que exigen que un fiduciario actúe siempre en el mejor interés de la Fundación, dejando a un lado los intereses personales o privados y evitando cualquier conflicto de intereses o informando de tales conflictos en la Declaración anual de divulgación de conflictos de intereses de la Fundación (Anexo...).
A) y 2) la obediencia, que exige que un fiduciario cumpla con la legislación fiduciaria aplicable al tiempo que mantiene a la Fundación fiel a su misión.
C. Costes: Incurrir únicamente en gastos que sean apropiados y razonables en relación con los activos, los fines de la Fundación y las competencias de que dispone la Fundación, incluidos, entre otros, los honorarios de gestión y custodia, los honorarios de consultoría y los costes de las transacciones.
D. Verificación de hechos: Hacer un esfuerzo razonable para verificar los hechos relevantes para la gestión e inversión de los fondos.
E. Puesta en común: Agrupar fondos con fines de gestión e inversión si resulta ventajoso para la Fundación.
F. Consideraciones: Salvo que se disponga lo contrario en el instrumento de donación, considere lo siguiente: las condiciones económicas generales; el posible efecto de la inflación o la deflación; las consecuencias fiscales previstas, si las hubiere, de las decisiones o estrategias de inversión; el papel que cada inversión o línea de acción desempeña dentro de la cartera general de inversiones de la Fundación; el rendimiento total previsto de los ingresos y la revalorización de las inversiones; otros recursos de la Fundación; las necesidades de la Fundación de efectuar distribuciones y preservar el capital; la relación especial o el valor especial de un activo, si lo hubiere, para los fines benéficos de la institución.
G. Cartera completa: Salvo que se disponga lo contrario en un instrumento de donación, tomar decisiones de gestión e inversión sobre un activo individual no de forma aislada, sino en el contexto de la cartera de inversiones de la Fundación en su conjunto y como parte de una estrategia de inversión global.
con objetivos de riesgo y rentabilidad razonablemente adecuados al tipo de inversión y a la Fundación.
H. Inversiones permitidas: Salvo que se disponga lo contrario en un instrumento de donación, invertir en cualquier tipo de propiedad o tipo de inversión coherente con esta política.
I. Diversificación: Salvo que se disponga lo contrario en un instrumento de donación, diversificar las inversiones de la Fundación a menos que, debido a circunstancias especiales, los fines de la Fundación se cumplan mejor sin diversificación.
J. Reequilibrio de la cartera: En caso necesario, reequilibrar la cartera para que los fondos se ajusten a los fines, condiciones y requisitos de distribución de la Fundación.
K. Habilidades especiales: Salvo que se disponga lo contrario en un instrumento de donación, utilizar las habilidades o conocimientos especiales pertinentes que el fiduciario posea en la gestión e inversión de los activos financieros de la Fundación.
V. Filosofía de inversión, objetivos, estrategia, asignación de activos y riesgo tolerable
La Fundación reconoce que un plan estratégico de asignación de activos aplicado de forma coherente y disciplinada será el principal factor determinante del éxito de la Fundación en la gestión de sus activos financieros. Si bien la preservación del capital es importante, la Fundación también cree que los diversos grados de riesgo de inversión generalmente se recompensan con rendimientos compensatorios y que no constituye un incumplimiento de la responsabilidad fiduciaria seguir estrategias de inversión más arriesgadas si tales estrategias son en el mejor interés de la Fundación sobre una base de riesgo ajustado y es coherente con la liquidez suficiente y los riesgos de inversión que son prudentes y razonables dadas las condiciones prevalecientes en el mercado de capitales. El Comité podrá renunciar o modificar cualquiera de las restricciones de estas directrices en circunstancias apropiadas y según lo permita la ley. Cualquier exención o modificación de este tipo sólo se efectuará tras un examen exhaustivo del Gestor y de la estrategia de inversión de que se trate; se mantendrá un apéndice en apoyo de dicha estrategia de inversión como registro permanente del Comité. Todas las exenciones y modificaciones se comunicarán al Consejo en la reunión inmediatamente posterior a la concesión de la exención o modificación.
La gestión de riesgos se centra en comprender tanto los riesgos de inversión como los operativos a los que está expuesta la Fundación; el objetivo es minimizar los riesgos operativos y exigir una compensación adecuada por los riesgos de inversión que la Fundación esté dispuesta a aceptar.
Los nuevos fondos enviados a una Gestora para su inversión se designarán como fondos a corto plazo, a medio plazo o a largo plazo, según proceda, en su caso.
A. Inversiones a corto plazo: La Fundación ha estimado la cantidad de fondos a desembolsar en el siguiente ejercicio fiscal para las operaciones y los programas de su misión, y revisa/revisa esta estimación anualmente o con mayor frecuencia según sea necesario. Además, la Fundación ha establecido y revisa anualmente el saldo de tesorería objetivo como media de sus desembolsos típicos. Dado el corto plazo de inversión de dichos desembolsos, el equivalente 1) a los fondos estimados que se desembolsarán en el siguiente ejercicio fiscal; y 2) al saldo de caja objetivo se depositará o invertirá 100% en efectivo y equivalentes con el objetivo de preservar el capital con un riesgo mínimo (Anexo B). Las inversiones aceptables incluyen cuentas corrientes y de ahorro, fondos del mercado monetario, certificados de depósito, papel comercial, letras y pagarés del Tesoro de los Estados Unidos (EE.UU.), valores respaldados por hipotecas del Gobierno de los EE.UU. y la Política de Efectivo e Inversión de la Fundación Colorado Mountain College Aprobada el 23 de febrero de 2023 Página 5 de 10 Servicio de Registro de Cuentas de Certificados de Depósito (CDARS); los vencimientos, si procede, deben escalonarse en inversiones a 30, 60 y 90 días.
Los fondos de la Fundación en cuentas de depósito para beneficiarse del Seguro Federal de Depósitos a través de la Corporación Federal de Seguros de Depósitos (FDIC) no deben exceder materialmente el límite de depósito (actualmente $250.000 por depositante y por institución), y la estructura de dichas cuentas debe cumplir otros términos aplicables según el programa de seguros de la FDIC.
La Fundación reconoce que dicha cantidad es necesaria para garantizar los fondos disponibles para acuerdos, como las becas, que se pagan en el ejercicio fiscal en curso, así como los que se pagarán en el ejercicio fiscal siguiente como resultado del proceso de concesión de becas de primavera.
Los beneficios netos de las inversiones a corto plazo permanecerán en las inversiones a corto plazo hasta su desembolso.
Véanse parámetros y orientaciones adicionales sobre las inversiones a corto plazo en VI. - A. Instrumentos de inversión - Efectivo y equivalentes.
B. Inversiones a medio plazo: La Fundación ha estimado la cantidad de fondos a desembolsar en dos - cinco años en relación con los programas de su misión, y revisa/revisa esta estimación anualmente o con mayor frecuencia según sea necesario. Teniendo en cuenta el período de inversión a medio plazo para dichos desembolsos, el menor de los siguientes importes: 1) los fondos estimados que se desembolsarán en los próximos 2 a 5 ejercicios fiscales y 2) el saldo total de efectivo e inversiones menos el saldo de Inversiones a largo plazo y el saldo de Inversiones a corto plazo se invertirá con el objetivo de proporcionar de forma constante un flujo estable de intereses y dividendos desembolsables que aumente con el tiempo al menos tan rápido como la tasa general de inflación medida por el Índice de Precios al Consumo para Todos los Artículos para Todos los Consumidores Urbanos (IPC-U) para preservar el poder adquisitivo relativo con un nivel moderado de riesgo (Anexo B). Las directrices de asignación de activos son las siguientes, y las asignaciones reales responden a los objetivos simultáneos de ingresos y seguridad del capital:
- Efectivo y Equivalentes = 0% - 10% Rango de Asignación
- Fijo = 40% - 60%
- Patrimonio neto = 40% - 60%
Los beneficios netos de las inversiones a plazo intermedio permanecerán en las inversiones a plazo intermedio hasta que se transfieran a las inversiones a corto plazo para su desembolso.
C. Inversiones a largo plazo: La Fundación tiene un período de inversión a largo plazo para los fondos restringidos permanentemente, o corpus de dotación, y para los fondos que se desembolsarán en más de cinco años según lo estimado y revisado/revisado por la Fundación anualmente o con mayor frecuencia según sea necesario. Las inversiones a largo plazo se invertirán con el objetivo de generar ingresos anuales que puedan gastarse de acuerdo con las restricciones del donante con el fin de conceder becas nominativas, ayudas al profesorado y/u otras designaciones según el donante. Por lo tanto, dichas cantidades se invertirán siguiendo una estrategia de crecimiento con el objetivo de lograr un rendimiento total que cumpla con la tasa de gasto del 4% más la tasa de inflación medida por el Índice de Precios al Consumo para Todos los Artículos para Todos los Consumidores Urbanos (IPC-U), manteniendo al mismo tiempo un nivel moderado de riesgo (Anexo B). Las directrices de asignación de activos son las siguientes, y las asignaciones reales responden a los objetivos simultáneos de rentabilidad total y minimización del riesgo:
- Efectivo y Equivalentes = 0% - 10% Rango de Asignación
- Fijo = 40% - 60%
- Patrimonio neto = 40% - 60%
Los beneficios netos de las inversiones a largo plazo clasificadas como temporalmente restringidas permanecerán en las inversiones a largo plazo hasta que se transfieran a las inversiones a medio o corto plazo. Los beneficios netos de las inversiones a largo plazo clasificadas como permanentemente restringidas en virtud de un acuerdo de "dotación híbrida" de la Fundación permanecerán en las inversiones a largo plazo como corpus.
Véanse los parámetros y orientaciones adicionales relativos a los vehículos de inversión en la sección VI. Vehículos de inversión.
VI. Vehículos de inversión
La Gestora de Inversiones tiene total discreción sobre el calendario y la selección de valores para los activos bajo su gestión, siempre que se sigan las siguientes directrices y restricciones. Téngase en cuenta que, en caso de que un gestor utilice fondos de inversión para aplicar cualquiera de las estrategias de inversión y asignaciones de activos antes mencionadas, sólo deberán adquirirse fondos sin carga inicial o frontal.
A. Efectivo y equivalentes: La Fundación actuará con la diligencia debida para minimizar las inversiones en efectivo y equivalentes de efectivo que puedan perder liquidez. El Gestor podrá invertir en pagarés de empresa, pactos de recompra, letras del Tesoro de EE.UU., certificados de depósito y fondos del mercado monetario de la máxima calidad para obtener ingresos, liquidez para desembolsos y preservar el capital. Los activos de papel comercial deben tener una calificación mínima de A1 por Standard & Poor's (S&P) o de P-1 por Moody's Investor Service (Moody's). No más del 5% de los activos bajo la gestión de un gestor puede invertirse en obligaciones de un único emisor, con la excepción del Gobierno de los Estados Unidos y sus agencias.
Las reservas de efectivo sin invertir se mantendrán al mínimo; los valores equivalentes a efectivo a corto plazo no suelen considerarse un vehículo de inversión apropiado para la inversión. Sin embargo, tales vehículos son apropiados como depositarios de distribuciones de ingresos procedentes de inversiones a más largo plazo o según sea necesario para la colocación temporal de fondos destinados a futuras inversiones en los mercados de capitales a más largo plazo. Asimismo, tales inversiones son el estándar para las aportaciones al fondo corriente o para el efectivo operativo corriente.
B. Valores de renta fija: La finalidad de las inversiones en renta fija, tanto nacional como internacional, es proporcionar diversificación y una fuente previsible y fiable de ingresos corrientes. Se espera que las inversiones en renta fija no se dediquen totalmente al mercado de obligaciones a largo plazo, sino que se distribuyan con flexibilidad entre vencimientos de distinta duración en función de las perspectivas de los tipos de interés. Los instrumentos de renta fija deben reducir la volatilidad global de la cartera y proporcionar una cobertura contra la deflación. Este componente incluye tanto el mercado nacional de renta fija como los mercados de las demás economías desarrolladas del mundo. Incluye, entre otros, bonos del Tesoro estadounidense y de agencias gubernamentales, deuda pública extranjera y supranacional, deuda corporativa pública y privada, hipotecas y valores respaldados por activos, y deuda sin grado de inversión. La renta fija también incluye instrumentos del mercado monetario, como papel comercial, certificados de depósito, depósitos a plazo, aceptaciones bancarias, acuerdos de recompra y obligaciones del Tesoro de EE.UU. y de agencias gubernamentales.
La cartera total de renta fija se divide a su vez en dos tipos: Investment Grade y High Yield. La cartera Investment Grade se invertirá en emisiones nacionales y se espera que proporcione flujo de caja y una volatilidad relativamente menor que las clases de activos de renta variable. La cartera de Alto Rendimiento se invertirá en valores por debajo del grado de inversión que hayan sido emitidos por empresas en funcionamiento; dichos valores presentan una menor correlación con muchas clases de activos con el objetivo de reducir la volatilidad global de la cartera y exhiben rendimientos más elevados al vencimiento que los bonos de grado de inversión, mejorando así el flujo de caja neto de la Fundación. La cartera de Alto Rendimiento será inferior o igual al 15% del total de valores de renta fija.
Las inversiones en valores de renta fija deben gestionarse activamente para aprovechar las oportunidades que ofrecen las variaciones de los tipos de interés, las calificaciones crediticias y las primas de vencimiento. Las inversiones de un único emisor, con las excepciones del Gobierno de EE.UU. y sus agencias (incluidas Government National Mortgage Association, Federal National Mortgage Association y Federal Home Loan Mortgage Corporation) no podrán superar el 5% del valor total de mercado de los activos bajo la dirección de un Gestor.
C. Valores de renta variable: El propósito de las inversiones en acciones, tanto nacionales como internacionales, en la Fundación es proporcionar la apreciación del capital, el crecimiento de los ingresos y los ingresos corrientes con el reconocimiento de que esta clase de activos conlleva la asunción de una mayor volatilidad del mercado y un mayor riesgo de pérdida. Este componente incluye acciones ordinarias nacionales e internacionales negociadas en las bolsas mundiales o en mercados extrabursátiles.
Los valores de renta variable pública se limitarán en general a valores de alta calidad y fácilmente negociables de sociedades que coticen en las principales bolsas de valores, incluido el NASDAQ. Por lo general, las participaciones deben representar a empresas que cumplan un requisito de capitalización bursátil mínima de $200 millones, con una liquidez de mercado razonable. Las decisiones relativas a la selección de valores individuales, el número de sectores y participaciones, los niveles de ingresos corrientes y la rotación se dejan a la amplia discreción del Gestor, con sujeción a las normas de prudencia fiduciaria. No obstante, ningún sector importante representará más de 20% del valor de mercado total de la cartera bajo la dirección del Gestor, y ningún valor representará más de 5% del valor de mercado total de la cartera bajo la dirección del Gestor.
D. Derivados: El Gestor deberá solicitar autorización al Comité para incluir inversiones en derivados en la cartera de la Fundación. El Gestor informará al Comité anualmente o cuando éste lo solicite sobre el porcentaje aproximado de tenencias de derivados en sus inversiones y proporcionará ejemplos de los tipos de derivados que se utilizan actualmente. A fin de minimizar el riesgo y la volatilidad, cada gestor que utilice derivados deberá 1) demostrar conocimientos y experiencia en la utilización de dichos productos, 2) demostrar que dicha utilización forma parte estratégica de sus procesos de selección de valores, gestión de riesgos o inversión, 3) demostrar la existencia de controles internos aceptables en relación con estas inversiones, y 4) mantener el valor de los activos en derivados en un rango de 0 a 5% del valor de los activos bajo el control del Gestor.
E. Fondos especulativos: El Gestor debe solicitar la autorización del Comité para incluir inversiones de hedge funds en la cartera de la Fundación. El objetivo de los fondos de inversión libre es diversificar los activos de la Fundación y proporcionar rendimientos con una baja correlación con los mercados públicos de renta variable y renta fija a través de ventajas estructurales, incluido el control de la exposición al mercado a través de la cobertura y una mayor exposición a la habilidad del gestor a través de la gestión de inversiones sin restricciones y la inversión oportunista. Los hedge funds orientados a la renta variable o neutrales con respecto al mercado (es decir, las estrategias Long/Short, Macro Event Driven, Convertible Arbitrage y Fixed Income) pueden estar orientados tanto al mercado nacional como al internacional. Estos componentes pueden considerarse estrategias similares a la renta variable o a la renta fija, según lo definan sus estructuras y exposiciones.
F. Otras alternativas: Salvo que en el presente documento se autorice un tipo específico de inversión alternativa, el Gestor deberá solicitar autorización al Comité para incluir inversiones alternativas en la cartera de la Fundación. Las inversiones alternativas pueden verse favorecidas porque sus rendimientos suelen tener una baja correlación con los de las clases de activos estándar. Las inversiones alternativas distintas de las acciones, los bonos y el efectivo pueden incluir, además de las alternativas anteriormente mencionadas, las siguientes.
- Mercancía, o cualquier bien homogéneo comercializado a granel en una bolsa, como los metales preciosos y el grano, entre otros. Para ser considerado una mercancía, un artículo debe cumplir tres condiciones: a) debe estar estandarizado, b) debe ser utilizable, y c) su precio debe variar lo suficiente como para justificar la creación de un mercado para el artículo.
- Patrimonio inmobiliario en forma de propiedades comerciales y residenciales rentables gestionadas profesionalmente. Si el Comité lo aprueba, estas inversiones sólo podrán efectuarse a través de fondos comunes de inversión inmobiliaria gestionados profesionalmente y ofrecidos por gestores inmobiliarios de primer orden con un historial acreditado.
G. Inversiones y transacciones prohibidas: Además de las restricciones antes señaladas, el gestor tiene prohibido tomar dinero prestado, pignorar activos y negociar opciones al descubierto, divisas o fondos cotizados (ETF) que empleen apalancamiento u otras estrategias prohibidas en esta política, sin la aprobación previa del Comité. El gestor tampoco podrá invertir en colocaciones privadas ni en acciones restringidas, salvo que el Comité autorice lo contrario. Los gestores no podrán invertir en valores cuyos emisores sean insolventes o se prevea razonablemente que lo vayan a ser, o que hayan presentado una petición en virtud de cualquier ley estatal o federal de quiebra o similar.
VII. Política de gastos
A. Inversiones a corto plazo: Se espera que la totalidad del saldo de la inversión a corto plazo en cualquier momento se gaste en el plazo de un año a partir de la fecha de valoración. Las inversiones a corto plazo se financian mediante transferencias de las inversiones a medio o largo plazo.
B. Inversión a medio plazo: Se espera que la totalidad del saldo de la inversión a medio plazo en cualquier momento se gaste en un plazo de dos a cinco años a partir de la fecha de valoración. La inversión a medio plazo se financia mediante transferencias de los ingresos netos de la inversión a largo plazo, tal y como se estipula a continuación, o de los fondos que excedan del saldo objetivo de la inversión a corto plazo.
C. Inversión a largo plazo: En el caso de los fondos invertidos a largo plazo como capital de dotación o, en su caso, como beneficios netos de la inversión, el gasto máximo permitido será del 4,5% del valor medio de mercado de dichos fondos, calculado sobre un periodo móvil de doce trimestres que finalice el 31 de diciembre inmediatamente anterior al cierre del ejercicio fiscal del 30 de junio, sin perjuicio de lo siguiente. Con respecto a los fondos de dotación existentes durante menos de 12 trimestres, la cantidad máxima de gasto permitida de 4,5% se calculará sobre el valor justo medio de mercado durante el número de trimestres que el fondo de dotación haya estado en existencia, calculado el 31 de diciembre inmediatamente anterior al cierre del ejercicio fiscal del 30 de junio. De conformidad con la Política de Becas de Dotación de la Fundación, y sujeto a cualquier acuerdo específico de donación, el corpus original de cualquier dotación no será invadido ni reducido.
- Sujeto a la intención del donante expresada en un acuerdo de donación, la Fundación podrá destinar a gastos o acumular la cantidad de un fondo de dotación que la Fundación considere prudente para los usos, beneficios, propósitos y duración para los que se estableció el fondo de dotación. A menos que se indique lo contrario en el acuerdo de donación, los activos de un fondo de dotación son activos restringidos por el donante hasta que la Fundación los destine a gastos. Al tomar la decisión de apropiarse o acumular, la Fundación actuará de buena fe, con el cuidado que una persona normalmente prudente en una posición similar ejercería bajo circunstancias similares, y considerará, si es pertinente, a) la duración y preservación del fondo de dotación, b) los propósitos de la Fundación y del fondo de dotación, c) las condiciones económicas generales, d) el posible efecto de la inflación o deflación, e) el rendimiento total esperado de los ingresos y la apreciación de las inversiones, f) otros recursos de la Fundación, y g) esta política.
- Para limitar la facultad de destinar a gastos o acumular en virtud del apartado 1) de este artículo, el acuerdo de donación debe establecer específicamente la limitación.
- Los términos en un acuerdo de donación que designan una donación como una dotación o una dirección o autorización en el acuerdo de donación para usar sólo "ingresos", "intereses", "dividendos" o "rentas, emisiones o ganancias", o "para preservar el capital intacto", o palabras de significado similar a) crean un fondo de dotación de duración permanente a menos que otro lenguaje en el acuerdo de donación limite la duración o el propósito del fondo de dotación, y b) no limitan de otro modo la autoridad para apropiarse para gastos o acumular bajo la subsección 1) de esta sección. Política de efectivo e inversiones de la Fundación Colorado Mountain College Aprobada el 23 de febrero de 2023 Página 9 de 10. Para aquellos fondos invertidos a largo plazo como fondos temporalmente restringidos no relacionados con dotaciones o las ganancias netas de inversión de los mismos, el saldo total puede gastarse de acuerdo con las estipulaciones del donante, si las hubiera.
Los fondos pueden transferirse de la inversión a largo plazo a la inversión a medio o corto plazo, según sea necesario para facilitar el desembolso.
El importe máximo de gasto permitido no tiene que gastarse necesariamente en el año y puede permanecer en la cuenta para su crecimiento a largo plazo.
VIII. Política de reequilibrio
La Fundación espera que el Gestor reequilibre la cartera dentro de los márgenes establecidos en la sección V. anterior con una periodicidad trimestral, de modo que no se produzcan gastos indebidos en la cartera, o con mayor frecuencia a instancias del Comité. La finalidad del reequilibrio es controlar el riesgo de la cartera y mantener la asignación de activos dentro de los márgenes fijados. Cuando los activos están fuera de sus rangos establecidos, se reequilibran de nuevo al peso objetivo a menos que las condiciones extremas del mercado requieran la aplicación de alternativas prudentes. El reequilibrio táctico, que representa el posicionamiento de la cartera para aprovechar de forma oportunista las anomalías del mercado a corto plazo, también está permitido siempre que las operaciones no infrinjan los intervalos establecidos para cada clase de activos y no causen gastos indebidos a la cartera.
IX. Coordinación de las responsabilidades fiduciarias
Desde el punto de vista de la Fundación, la aplicación de esta política para las operaciones diarias, las comunicaciones con los fiduciarios y la presentación de informes se delega en el Director Ejecutivo de la Fundación, quien a su vez puede delegar en el Contable y el Personal de la Fundación según lo considere necesario. Los miembros del Consejo y del Comité conservan el derecho de comunicarse directamente con la Gestora de Inversiones y el Depositario. La Gestora de Inversiones y el Depositario sólo pueden delegar sus responsabilidades según lo descrito anteriormente o según lo acordado en los contratos/acuerdos aplicables con la Fundación.
X. Proceso de supervisión
Los informes de rendimiento se recopilarán al menos trimestralmente y se presentarán al Comité para su revisión al menos trimestralmente. El rendimiento de la inversión de la cartera y los componentes de la clase de activos se medirán con respecto a índices de referencia comúnmente aceptados. Se tendrá en cuenta hasta qué punto los resultados de la inversión son coherentes con los objetivos, metas y directrices de inversión establecidos en esta declaración. El Comité se propone evaluar la cartera a lo largo de un ciclo de mercado típico, normalmente un periodo de cinco años, pero se reserva el derecho de cesar a un Gestor por cualquier motivo, incluidos 1) resultados de inversión significativamente inferiores a los previstos dada la disciplina empleada y los parámetros de riesgo establecidos, 2) incumplimiento de cualquier aspecto de la presente Política de inversión de efectivo, incluidos los requisitos de comunicación e información puntual, 3) cambios cualitativos significativos en la organización del Gestor de inversiones, 4) justificación inaceptable de los malos resultados.
La Gestora de Inversiones será objeto de revisiones periódicas en lo que respecta a su rendimiento, personal, estrategia, capacidad de investigación, cuestiones organizativas y empresariales y otros factores cualitativos que puedan incidir en su capacidad para lograr los resultados de inversión deseados.
Los objetivos de cada Gestora de Inversiones son 1) alcanzar o superar el índice de mercado o el índice de mercado mixto seleccionado y acordado por el Comité que corresponda al estilo de gestión de la inversión y 2) lograr unos rendimientos de la inversión netos de comisiones que alcancen o superen la tasa de distribución descrita en el apartado VII. 3) mantener un nivel de riesgo en la cartera que sea coherente con el riesgo asociado al índice.
XI. Proceso de revisión de políticas
Como mínimo, el Comité revisará anualmente la presente Política de Caja e Inversiones durante la reunión del Comité en la que se examinará el rendimiento de las inversiones correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre, y la actualizará en caso necesario. Además, si el Comité considera necesario modificar o actualizar esta política en cualquier otro momento, podrá hacerlo.
XII. Aprobación y fecha de entrada en vigor
La presente política de tesorería e inversiones y cualquier modificación de la misma serán recomendadas por el Comité al Consejo y aprobadas por éste.
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 23 de febrero de 2023
Normas de conducta del Consejo de la Fundación y de los voluntarios
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College (Colegio) y sus estudiantes.
Objetivo de la política
La presente Política del Código de Conducta para la Recaudación de Fondos articula la ética y los valores que todas las personas que recaudan fondos en nombre de la Fundación se comprometen a respetar. Este código se aplica al Consejo de Dirección de la Fundación, al personal de la Fundación, a los recaudadores de fondos contratados y a los voluntarios. El propósito del código de conducta es observar y promover los más altos estándares de conducta personal y profesional para mejorar la integridad de la Fundación y promover la máxima confianza de los donantes. Esta política se basa en el código ético elaborado por la Association of Fundraising Professionals y el Council for the Advancement and Support of Education.
Código de conducta
La Fundación está comprometida con los más altos estándares de conducta ética en sus actividades de recaudación de fondos y operaciones comerciales. Los miembros del Consejo de la Fundación, el personal, los consultores y los voluntarios representan la integridad tanto de la Fundación como del Colegio, así como de la profesión de recaudación de fondos. Por lo tanto, quienes recaudan fondos en nombre de la Fundación se comprometen a mantener la más alta conducta personal y profesional y a acatar las Políticas y Procedimientos del Colegio y el Código de Conducta de la Fundación que se describen a continuación.
De conformidad con las normas establecidas por la Association of Fundraising Professionals, el Consejo de Dirección de la Fundación, el personal de la Fundación, los recaudadores de fondos contratados y los voluntarios:
- No participará en actividades que perjudiquen a la Fundación.
- No realizarán actividades que entren en conflicto con sus obligaciones fiduciarias, éticas y legales para con la Fundación.
- Deberá revelar efectivamente todos los conflictos de intereses potenciales y reales; dicha revelación no excluye ni implica una incorrección ética.
- No explotará ninguna relación con un donante o posible donante.
- Cumplirá todas las leyes civiles y penales locales, estatales y federales aplicables.
- Reconocerán sus límites individuales de competencia y serán francos y sinceros sobre su experiencia y cualificaciones.
- Presentará y prestará servicios de recaudación de fondos de forma honesta y sin tergiversaciones.
- Se abstendrán en todo momento de infringir a sabiendas los derechos de propiedad intelectual de la Fundación. Las personas deberán abordar y rectificar cualquier infracción inadvertida que pueda producirse.
- Protegerá la confidencialidad de toda la información privilegiada relacionada con la Fundación, el Colorado Mountain College y los donantes potenciales o reales, y no revelará información privilegiada o confidencial a partes no autorizadas.
- Se adherirá al principio de que toda la información sobre donantes y posibles donantes creada por la Fundación o en su nombre es propiedad de la Fundación y no se transferirá ni utilizará excepto en nombre de la Fundación.
- Devolverá todo el material y la información a la Fundación una vez finalizada la campaña y/o concluido el compromiso.
- No aceptará regalos personales de los donantes, salvo regalos simbólicos.
- Están estrictamente prohibidas las comisiones, los honorarios contingentes o los honorarios basados en el porcentaje de los fondos recaudados.
- No pagará honorarios de intermediario, comisiones ni compensaciones porcentuales basadas en las cotizaciones.
- Adoptará un enfoque centrado en el donante en todas las actividades de captación, solicitud y gestión.
Este código de conducta se incluirá en las condiciones contractuales de todas las actividades de recaudación de fondos contratadas.
Las infracciones de este código de conducta pueden constituir motivo de rescisión, suspensión de pagos o acciones legales para la recuperación de daños y perjuicios.
Cambios en el código de conducta
Este código de conducta ha sido revisado y aprobado por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 22 de febrero de 2024
Política de conflictos de intereses
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Objetivo de la política
El propósito de la Política sobre conflictos de intereses es proteger a la Fundación, como organización exenta de impuestos, cuando contempla la posibilidad de realizar una transacción o llegar a un acuerdo que podría beneficiar el interés privado de un funcionario o director de la Fundación o podría resultar en una posible transacción de beneficio excesivo. La presente Política tiene por objeto complementar, pero no reemplazar, las leyes estatales y federales que rigen los conflictos de intereses aplicables a las organizaciones benéficas y sin fines de lucro.
Política
A. Definiciones
- Persona interesada. Todo administrador, directivo principal o miembro de un comité con poderes delegados del Consejo de Administración que tenga un interés financiero directo o indirecto, tal y como se define a continuación, es una persona interesada.
- Interés financiero. Una persona tiene un interés financiero si lo tiene, directa o indirectamente, a través de negocios, inversiones o familiares:
- Un interés de propiedad o inversión en cualquier entidad con la que la Fundación tenga una transacción o acuerdo,
- Un acuerdo de compensación con la Fundación o con cualquier entidad o individuo con el que la Fundación tenga una transacción o acuerdo, o
- Un posible interés de propiedad o inversión en, o un acuerdo de compensación con, cualquier entidad o individuo con el que la Fundación esté negociando una transacción o acuerdo.
La compensación incluye la remuneración directa e indirecta, así como los regalos o favores que no sean insustanciales. Un interés financiero no es necesariamente un conflicto de intereses. Según el apartado 2 de la sección C, una persona que tenga un interés financiero sólo puede tener un conflicto de intereses si el consejo de administración o el comité correspondiente decide que existe un conflicto de intereses.
B. Procedimientos
- Deber de revelación. En relación con cualquier conflicto de intereses real o posible, una persona interesada debe revelar la existencia del interés financiero y tener la oportunidad de revelar todos los hechos materiales a los directores y miembros de los comités con poderes delegados del consejo de administración que consideren la transacción o acuerdo propuesto.
- Determinación de la existencia de un conflicto de intereses. Después de revelar el interés financiero y todos los hechos materiales, y después de cualquier discusión con la persona interesada, ésta deberá abandonar la reunión de la Junta Directiva mientras se discute y vota la determinación de un conflicto de intereses. El resto de los miembros del consejo o del comité decidirán si existe un conflicto de intereses.
- Procedimientos para abordar el conflicto de intereses.
- Una persona interesada puede hacer una presentación en la reunión del consejo de administración o del comité, pero después de la presentación, deberá abandonar la reunión durante el debate y la votación de la transacción o acuerdo que implique el posible conflicto de intereses.
- El presidente del consejo de administración o del comité designará, si procede, a una persona o comité desinteresado para que investigue alternativas a la transacción o acuerdo propuestos.
- Tras ejercer la debida diligencia, el consejo de dirección o comité determinará si la Fundación puede obtener con esfuerzos razonables una transacción o acuerdo más ventajoso de una persona o entidad que no dé lugar a un conflicto de intereses.
- Si una transacción o arreglo más ventajoso no es razonablemente posible bajo circunstancias que no produzcan un conflicto de intereses, el Consejo de Dirección o comité determinará por mayoría de votos de los directores desinteresados si la transacción o arreglo es en el mejor interés de la Fundación, para su propio beneficio, y si es justa y razonable. De conformidad con la determinación anterior, tomará su decisión sobre la conveniencia de celebrar la transacción o el acuerdo.
- Violaciones de la política de conflictos de intereses.
- Si el consejo de administración o el comité tiene motivos razonables para creer que un miembro no ha revelado conflictos de intereses reales o posibles, informará al miembro de la base de tal creencia y le dará la oportunidad de explicar la supuesta falta de revelación.
- Si, tras escuchar la respuesta del miembro y después de realizar la investigación adicional que las circunstancias justifiquen, el consejo de administración o el comité determina que el miembro no ha revelado un conflicto de intereses real o posible, adoptará las medidas disciplinarias y correctivas adecuadas.
C. Actas de los procedimientos
Las actas del consejo de administración y de todos los comités con poderes delegados por el consejo contendrán:
- Los nombres de las personas que hayan revelado o de las que se haya comprobado que tienen un interés financiero en relación con un conflicto de intereses real o posible, la naturaleza del interés financiero, cualquier medida adoptada para determinar si existía un conflicto de intereses y la decisión del consejo de administración o de la comisión sobre si existía de hecho un conflicto de intereses.
- Los nombres de las personas que estuvieron presentes en las discusiones y votaciones relacionadas con la transacción o acuerdo, el contenido de la discusión, incluyendo cualquier alternativa a la transacción o acuerdo propuesto, y un registro de cualquier votación realizada en relación con los procedimientos.
D. Compensación
- Un miembro con derecho a voto del Consejo de Dirección que reciba una remuneración, directa o indirecta, de la Fundación por sus servicios no podrá votar en asuntos relacionados con la remuneración de dicho miembro.
- Un miembro con derecho a voto de cualquier comité cuya jurisdicción incluya asuntos de remuneración y que reciba una remuneración, directa o indirectamente, de la Fundación por servicios prestados, no podrá votar sobre asuntos relacionados con la remuneración de dicho miembro.
- No se prohíbe a ningún miembro con derecho a voto del Consejo de Dirección ni de ningún comité cuya jurisdicción incluya asuntos de retribución y que reciba una retribución, directa o indirectamente, de la Fundación, ya sea a título individual o colectivo, facilitar información a ningún comité en relación con la retribución.
E. Declaraciones anuales
Cada director, cargo principal y miembro de un comité con poderes delegados por el consejo de administración deberá firmar anualmente una declaración en la que así lo afirme:
- Ha recibido una copia de la política sobre conflictos de intereses,
- Ha leído y comprende la política,
- Ha aceptado cumplir la política, y
- Entiende que la Fundación es benéfica y que, para mantener su exención fiscal federal, debe dedicarse principalmente a actividades que cumplan uno o más de sus fines exentos de impuestos.
F. Revisiones periódicas
A fin de garantizar que la Fundación funcione de forma coherente con sus fines benéficos y no realice actividades que puedan poner en peligro su exención fiscal, se llevarán a cabo revisiones periódicas. La revisión periódica incluirá, como mínimo, los siguientes temas:
- Si los acuerdos de remuneración y los beneficios son razonables, se basan en información de estudios competentes y son el resultado de una negociación en condiciones de igualdad.
- Si las asociaciones, empresas conjuntas y acuerdos con organizaciones de gestión se ajustan a las políticas escritas de la Fundación, se registran adecuadamente, reflejan inversiones o pagos razonables por bienes y servicios, promueven fines benéficos y no dan lugar a un lucro, beneficio privado no permitido o a una transacción con beneficio excesivo.
G. Recurso a expertos externos
Al llevar a cabo las revisiones periódicas previstas en el artículo VII, la Fundación podrá, aunque no será necesario, recurrir a asesores externos. Si se recurre a expertos externos, su uso no eximirá al Consejo de Dirección de su responsabilidad de garantizar la realización de las revisiones periódicas.
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 22 de febrero de 2024
Política de acceso y gestión de bases de datos
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College (Colegio) y sus estudiantes.
Objetivo de la política
Los datos de la Fundación constituyen uno de sus activos más valiosos. Esta Política de acceso y gestión de bases de datos articula las directrices para el acceso y la gestión de los datos.
Política
La Fundación mantiene en bases de datos información sobre donantes, ex becarios y contactos, solicitantes y solicitudes de becas y registros financieros. Los registros de datos se conservarán de conformidad con todas las leyes y reglamentos aplicables. El acceso a los datos está restringido a personal selecto de la Fundación según su función y mediante procesos protegidos por contraseña. La infraestructura, el acceso y la seguridad de los datos se revisan anualmente a través de la auditoría de la Fundación.
Las directrices para ayudar a la gestión de las bases de datos son las siguientes:
- Para cada transacción, y cuando proceda, se actualizarán las bases de datos financieras y de donantes para reflejar la información exacta sobre donantes y cuentas.
- Los datos de contacto y la información sobre donaciones pueden compartirse con consultores de recaudación de fondos y otros voluntarios, de conformidad con todas las leyes y reglamentos aplicables y las políticas de la Fundación.
- El personal, los recaudadores de fondos por contrato y los voluntarios deben rellenar y enviar un formulario de contacto tras las reuniones y los contactos con posibles donantes o donantes actuales.
- A fin de garantizar una base de datos completa de los registros de antiguos alumnos del Colegio, la Fundación importará los datos de los graduados del Colegio desde la base de datos de alumnos del Colegio.
- El mantenimiento y la supervisión de los registros de donantes serán responsabilidad del Coordinador de la Base de Datos.
- El Coordinador de Becas mantendrá actualizada la información sobre las becas de cara al público según los acuerdos de becas y los saldos de los fondos; el Contable de la Fundación también mantiene los saldos en las cuentas financieras.
- Las solicitudes de becas se archivarán una vez al año.
- El acceso a la información relacionada con los solicitantes de becas está controlado por el Coordinador de Becas para garantizar la privacidad de los solicitantes.
- Las cuentas financieras son mantenidas por el Contable de la Fundación y se realizan copias de seguridad nocturnas a través del servidor del Colegio.
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 23 de febrero de 2023
Política de oportunidades de nombramiento de donantes
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Objetivo de esta política
La Fundación colabora con el Colorado Mountain College (College) para ofrecer a los donantes una serie de oportunidades filantrópicas de nombramiento. El propósito de esta Política de oportunidades de nombramiento de donantes es establecer directrices para la identificación y aprobación de dichas oportunidades.
Política
El Consejo de Administración del Colorado Mountain College conserva la autoridad para otorgar nombres a edificios, instalaciones, características o partes de instalaciones significativas (sin incluir habitaciones individuales dentro de una instalación con varias habitaciones). La Fundación identificará y propondrá oportunidades de nombramiento y los importes de las donaciones asociadas para su aprobación por parte del Presidente y el Consejo de Administración del College. Las oportunidades de denominación incluyen edificios y partes significativas de edificios o instalaciones; equipos y sistemas; cargos y cátedras con título; así como programas académicos, de certificación y auxiliares.
- El Director General de la Fundación identificará y propondrá al Comité Ejecutivo las oportunidades de nombramiento y los importes de las donaciones asociadas, para que éste solicite la aprobación del Presidente y del Patronato del Colegio.
- Las siguientes Directrices para la concesión de derechos de denominación pretenden servir de orientación, y no como requisitos absolutos, para los derechos de denominación propuestos, reconociendo que el tamaño y la naturaleza de las donaciones variarán y que cada oportunidad de denominación propuesta estará sujeta a revisión tanto por el Consejo de Administración como por el Patronato del colegio.
a. Edificios
- Se propone que la financiación para dar nombre a un nuevo edificio sea, en general y en la mayoría de los casos, la mitad (50%) de los costes de construcción (sin incluir el diseño y la infraestructura) de la instalación.
- La financiación de los edificios existentes se abordará caso por caso.
- Para permitir el reconocimiento de los contribuyentes a largo plazo al Colegio/Fundación, los donantes con un largo y consistente historial de donaciones pueden tener sus donaciones acumuladas (para cualquier programa o campus) incluidas en las consideraciones para una oportunidad de donación con nombre.
b. Espacios dentro de los edificios
- La cuantía de los donativos para espacios dentro de los edificios se determinará caso por caso en función de la ubicación, el tamaño, el uso y la prominencia del espacio.
- Otras oportunidades de reconocimiento de donantes (por ejemplo, ladrillos en pasarelas, elementos paisajísticos) pueden desarrollarse como parte de campañas específicas de recaudación de fondos.
c. Equipos y sistemas
- Los importes de las donaciones para equipos y sistemas se determinarán caso por caso teniendo en cuenta el valor del equipo o sistema, la finalidad y/o la función del equipo o sistema. El nivel mínimo de financiación para nombrar un equipo/sistema es la mitad (50%) del coste total del equipo o sistema.
d. Oportunidades de nombramiento con dotación. Las donaciones de dotación se invierten a perpetuidad para garantizar una fuente constante de apoyo a lo largo del tiempo. Entre las posibilidades de nombramiento se incluyen:
- Cargos y sillas titulares
- La cuantía de las donaciones para estos programas se determinará caso por caso en función de la disciplina y la visibilidad del puesto.
- El Colegio es responsable de la selección del profesorado para el puesto y de los titulares de las cátedras.
- Programas académicos, de certificación y auxiliares
- La cuantía de las donaciones para estos programas se determinará caso por caso en función de la disciplina, el tamaño y el alcance del programa, la visibilidad local/regional y la prominencia del programa.
- Para formalizar un compromiso con un donante, se requiere un Acuerdo de Donación. El Convenio de Donación detallará la finalidad de la donación, el calendario de pagos (incluida la fecha de inicio), la descripción de la entidad a la que se dará nombre y el lenguaje utilizado para nombrarla. El Convenio de Donación debe ser firmado por el Director General de la Fundación y el donante, y puede ser firmado también por el Presidente del Colegio.
- Si se trata de un compromiso plurianual, el Acuerdo de donación firmado deberá especificar además el importe de la donación total que debe recibirse para que se instalen las placas/señalización o para que la entidad asuma el nombre correspondiente. En el acuerdo de donación se especificará además el plazo de recepción de dicho importe.
- El donante aprobará el texto de la placa y la señalización antes de encargarla, pero deberá ajustarse a las normas básicas establecidas por la Fundación.
- Los edificios y espacios demolidos o renovados podrán ser rebautizados. La Fundación trabajará con el donante original para utilizar su nombre de manera que honre la magnitud de la donación original y sea coherente con la intención del donante.
- En el caso de una fusión, la Fundación trabajará con el donante para cambiar el nombre de la oportunidad para reflejar la fusión. Sin embargo, el donante correrá con todos los gastos asociados al cambio de nombre.
- El Colegio se reserva el derecho de retirarse de un Acuerdo de Donación si el nombre de un individuo u organización, que ha sido otorgado, cae en descrédito en el Colegio o en el "público en general".
Definiciones
Coste total de la instalación - El coste total de una instalación incluye los honorarios del arquitecto, la preconstrucción y preparación del terreno, la construcción, el paisajismo, el mobiliario y el equipamiento.
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 23 de febrero de 2023
Política de privacidad de los donantes
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Objetivo de la política
La Fundación reconoce y valora la privacidad de sus donantes. Esta Política de privacidad de los donantes describe la recopilación y el uso de la información de los donantes.
Política
La Fundación se compromete a respetar la privacidad de los donantes. No obstante, las leyes fiscales de Estados Unidos obligan a la Fundación a mantener archivados los datos de contacto y el nivel de contribución de los donantes. Los tipos de información sobre donantes que la Fundación recopila y conserva son los siguientes:
- Nombre, fecha de nacimiento, sexo, dirección, segunda dirección (si procede),
número(s) de teléfono y dirección(es) de correo electrónico - Nombre del cónyuge/pareja
- Titulación(es), fecha(s) de obtención y número de identificación de la universidad, si procede
- Información
- Información sobre actos a los que ha asistido, publicaciones recibidas y solicitudes especiales
para información - Información facilitada por el donante en forma de comentarios y sugerencias
La Fundación utiliza la información de los donantes para conocer su interés en su misión, ponerles al corriente de los planes y actividades de la Fundación, agradecerles su donación y distribuir recibos de las mismas. El acceso a la información de los donantes está restringido a determinados miembros del personal de la Fundación, contratistas, miembros del Consejo de Administración y voluntarios cuya función principal es
promover la legítima misión filantrópica de la Fundación mediante una base de datos protegida por contraseña y archivos bloqueados. La información se comparte con el personal, los recaudadores de fondos por contrato y los voluntarios únicamente cuando es necesario y no se distribuye.
La Fundación garantiza a los donantes que sus datos no se venderán a terceros.
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 23 de febrero de 2023.
Becas de dotación de la Fundación Colorado Mountain College
Declaración política
Las contribuciones al Fondo de Becas del Colorado Mountain College (College) crearán una asociación duradera y permanente entre el College y los ciudadanos de la región. Los fondos del Fondo de Becas serán gestionados y mantenidos en nombre del Colegio por la Fundación Colorado Mountain College (Fundación).
El dinero generado por la prudente inversión de la Dotación de Becas garantizará que cada año más personas puedan asistir al Colegio y hacer realidad sus sueños. Las becas dotadas animan y permiten a los estudiantes perseguir la excelencia académica en su campo de estudio de competencias profesionales superiores.
Los fondos obtenidos mediante donaciones de particulares o empresas al Fondo de Dotación para Becas se donan en el entendimiento expreso de que sólo podrán utilizarse los intereses devengados por dichos fondos. Por lo tanto, es necesario un saldo mínimo de $50.000 para el establecimiento de un fondo de dotación permanente. Si se recibe una cantidad menor, los ingresos de esa cuenta se reinvertirán hasta que se alcance el mínimo de $50.000.
Los fondos de dotación cuyo saldo total sea inferior a $35.000 (30% por debajo de los $50.000 requeridos) durante tres años consecutivos o más, podrán fusionarse con un fondo de dotación para fines similares o del campus local. La Fundación hará todo lo posible por ponerse en contacto con el donante, o su representante, antes de proceder a una fusión de fondos de dotación.
Los fondos de dotación pueden donarse para un fin específico o sin condiciones específicas. Si se designa un fin específico, el donante deberá establecer por escrito las condiciones para la concesión de los fondos en el momento de hacer la donación al Colegio. Si no se establecen criterios específicos, los ingresos por intereses de estos fondos se distribuirán a discreción de la Fundación como parte integral del Programa de Ayuda Financiera del Colegio.
Los estudiantes son seleccionados para recibir becas del Fondo de Becas de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Fundación. Los estudiantes que cumplan los requisitos de selección pueden solicitar cualquier beca. Los beneficiarios serán notificados oportunamente. El donante también puede optar por que se le notifique la concesión de la beca y se le proporcione información y un breve historial del beneficiario.
Los fondos de las becas de dotación deben estar depositados al menos un año antes del primer año de concesión de la beca. Los donantes pueden aumentar el importe del capital retenido en cualquier momento con el fin de incrementar el valor de cada beca concedida o ampliar el número de becas ofrecidas cada año.
La política de tesorería e inversiones de la Fundación tiene por objeto gestionar una beca anual a perpetuidad, según lo definido por el donante o donantes. Los fondos de dotación se invierten normalmente para su crecimiento a largo plazo y tienen como objetivo una tasa de distribución del 4,5% de las ganancias medias totales de los tres años anteriores. Las ganancias superiores al 4,5% se reinvierten con el objetivo general de distribuir a perpetuidad la totalidad de la beca prevista.
En el caso de las dotaciones que establecen un valor de adjudicación designado frente al uso de una distribución de 4,5%, la Fundación está facultada para aumentar el nivel de adjudicación anual a fin de permitir ajustes por el coste de la vida a lo largo del tiempo, hasta la asignación de distribución de 4,5%.
El Consejo de Administración de la Fundación revisa anualmente el porcentaje de inversión y se reserva el derecho de introducir los cambios en el porcentaje distribuido que considere necesarios.
De acuerdo con la política de la Fundación, se cobrará una tasa 3%-5% administrativa única para cubrir los costes asociados a la tramitación de la contribución a la Fundación. Esta tasa puede abonarse por separado o descontarse directamente de la donación.
Una vez dotada, si las condiciones del mercado provocaran una reducción del corpus de la dotación tal que la Fundación no pudiera satisfacer la beca designada, la Fundación se reserva el derecho de detener la distribución de fondos hasta el momento en que el corpus se recupere hasta un importe en el que los beneficios distribuibles vuelvan a estar disponibles para la concesión. La Fundación consultará a su comité de inversiones a la hora de tomar estas decisiones y avisará al donante si se conoce su paradero.
Si, en el futuro, el propósito de la donación ya no fuera aplicable (por ejemplo, designado para un programa que ya no existe), o si el uso de las ganancias del corpus del fondo descrito anteriormente resultara poco práctico, la Fundación utilizará dichos fondos de la manera que más se asemeje al propósito original del donante o donantes, y el corpus del fondo seguirá siendo propiedad de la Fundación.
La Fundación hará siempre un esfuerzo de buena fe para aclarar cualquier comunicado de prensa con cada una de las partes (Donante(s) y Colegio) antes de cualquier comunicado de prensa real relativo a donaciones y dotaciones.
En caso de que alguna de las partes incumpla alguna de las disposiciones anteriores, o si mutuamente se considera oportuno, se podrá cambiar el nombre de la beca.
Política de lucha contra el fraude
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (la "Fundación") fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Objetivo de la política
La Fundación exige a sus directores, funcionarios y empleados que observen elevadas normas de ética empresarial y personal en el desempeño de sus funciones y responsabilidades. En relación con este requisito, esta política pretende prevenir o abordar los actos de fraude.
Definición de fraude
El fraude implica generalmente un acto voluntario o deliberado con la intención de obtener un beneficio no autorizado, como dinero o bienes, mediante engaño u otros medios no éticos. Incluye la representación intencionada y falsa o la ocultación de un hecho material con el fin de inducir a otro a actuar en consecuencia. Ejemplos de fraude son, entre otros:
- Malversación, apropiación indebida u otras irregularidades financieras
- Falsificación o alteración de documentos (cheques, hojas de horas, órdenes de compra, acuerdos con contratistas, archivos electrónicos u otros documentos financieros u oficiales).
- Impropiedades en el manejo o notificación de dinero o transacciones financieras
- Apropiación indebida de fondos, suministros, existencias, equipos o cualquier otro bien.
- Autorizar o recibir pagos por bienes no recibidos o servicios no prestados
- Obtención de beneficios gracias al conocimiento de las actividades de la Fundación.
- Divulgación de información confidencial y reservada a terceros
- Aceptar o solicitar cualquier cosa de valor material personal a contratistas, proveedores o personas que presten servicios o suministren materiales a la Fundación.
- Destrucción, retirada o uso inadecuado de registros, mobiliario, instalaciones y equipos.
Responsabilidad de informar
Es responsabilidad de todos los directores, funcionarios y empleados cumplir esta política y denunciar cualquier actividad fraudulenta o presuntamente fraudulenta.
Sin represalias
Ningún directivo, funcionario o empleado que denuncie de buena fe una actividad fraudulenta o presuntamente fraudulenta sufrirá acoso, represalias o consecuencias laborales adversas debido a la denuncia. Un empleado que tome represalias contra alguien que haya denunciado una infracción de buena fe está sujeto a medidas disciplinarias que pueden llegar al despido. Esta política tiene por objeto alentar y permitir a los miembros del consejo, empleados y otras personas plantear inquietudes serias dentro de la Fundación antes de buscar una solución fuera de la misma.
Notificación de infracciones
Esta política anima a los empleados a compartir sus preguntas, preocupaciones, sugerencias o quejas con alguien que pueda tratarlas adecuadamente. Se anima a los miembros del Patronato y a los empleados a comunicar cualquier preocupación al Director Ejecutivo de la Fundación, al Director de Operaciones y Jefe de Personal del Colorado Mountain College ("CMC") o al Director Jurídico del CMC.
Infracciones de la política
El CMC designará a una persona responsable de investigar y resolver todas las quejas y alegaciones comunicadas relativas a infracciones de la presente Política y comunicará al Director General los resultados de dicha investigación.
Contabilidad y auditoría
La persona designada por la CMC se ocupará de todas las inquietudes o reclamaciones notificadas sobre presuntas actividades fraudulentas o asuntos relacionados con los controles internos o la auditoría. El Presidente del Consejo y el Tesorero de la Fundación serán notificados inmediatamente de cualquier queja de este tipo y trabajarán con la persona designada por el CMC hasta que se resuelva el asunto.
Actuar de buena fe
Toda persona que presente una denuncia relativa a una infracción o presunta infracción del Código debe actuar de buena fe y tener motivos razonables para creer que la información revelada puede indicar una infracción del Código. Cualquier denuncia realizada de forma malintencionada o falsa a sabiendas se considerará una falta disciplinaria grave.
Confidencialidad
Las infracciones o presuntas infracciones podrán ser presentadas de forma confidencial por el denunciante o de forma anónima. Las denuncias de infracciones o presuntas infracciones se mantendrán confidenciales en la medida de lo posible, en consonancia con la necesidad de llevar a cabo una investigación adecuada.
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 23 de febrero de 2023
Política de aceptación de regalos
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (CMC) (Fundación) crea un apoyo sostenible de la comunidad para las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain y sus estudiantes.
Objetivo de esta política
Esta Política de aceptación de donaciones rige la aceptación de todas las donaciones a la Fundación en nombre de Colorado Mountain College (College). También proporciona orientación a los donantes y simpatizantes de la Fundación a la hora de realizar donaciones a la organización.
Política
La Fundación aceptará donaciones sin restricciones y donaciones para apoyar campañas y proyectos específicos, siempre que dichas donaciones sean coherentes con el propósito, la misión, las prioridades y los valores del Colegio.
El Director Ejecutivo (CEO) de la Fundación es responsable de determinar si los obsequios o posibles obsequios a la Fundación cumplen con los criterios antes mencionados. Si algún obsequio o posible obsequio no se ajusta a la definición anterior, o es de naturaleza inusual, el Director Ejecutivo lo pondrá en conocimiento del Comité Ejecutivo para determinar su aceptabilidad, de conformidad con la presente Política de aceptación de obsequios, y consultará con la Dirección del CMC. El Consejo de Administración de la Fundación ha delegado dicha responsabilidad en el Comité Ejecutivo. La Fundación se esfuerza por asociarse con cada uno de sus donantes para aceptar donaciones que promuevan la misión educativa del Colegio. La Fundación cumple con todas las regulaciones del IRS bajo las Secciones del Código 170 (a) y (c) que permiten una deducción de impuestos por contribuciones caritativas hechas "a o para el uso de" organizaciones calificadas de la Sección 501 (c) (3) del Código.
- Cuando proceda, la Fundación solicitará el asesoramiento de un abogado en asuntos relacionados con la aceptación de donaciones. Se requiere la revisión de un abogado para:
- transferencias de acciones en manos de particulares sujetas a restricciones o acuerdos de compraventa;
- regalos que impliquen contratos, como ventas a precio de ganga u otros documentos que exijan a la Fundación asumir una obligación;
- transacciones con posibles conflictos de intereses; y,
- otros casos en los que el Comité Ejecutivo considere oportuno recurrir a un abogado.
- La Fundación exhortará a todos los posibles donantes a solicitar la asistencia de asesores jurídicos y/o financieros personales en asuntos relacionados con sus donaciones para determinar las consecuencias fiscales y de planificación patrimonial. La presente Política de aceptación de donaciones tiene por objeto orientar al Consejo de la Fundación respecto a la aceptación de posibles donaciones y los donantes son responsables de asegurarse de que la donación propuesta favorezca sus propios intereses.
- Los siguientes regalos son aceptables:
- Efectivo
- Valores negociados públicamente
- Valores en cartera
- Bienes muebles materiales
- Bienes inmuebles
- Rebajas
- Petróleo, gas e intereses minerales
- Patrimonio vitalicio retenido
- Seguro de vida
- Fideicomiso caritativo
- Fideicomiso caritativo de renta vitalicia
- Fideicomiso caritativo principal
- Legado benéfico
- Planes de jubilación
- Organización de apoyo
- Las siguientes directrices rigen la aceptación de cada tipo de regalo:
a) Efectivo - La Fundación puede aceptar donaciones en metálico de cualquier importe sin la aprobación del Comité Ejecutivo. Estas donaciones pueden adoptar la forma de aportaciones en efectivo, cheques o tarjetas de crédito. Los cheques se extenderán a nombre de Colorado Mountain College Foundation.
b) Valores negociados públicamente - Se fomentarán los valores cotizados en bolsa que sean fácilmente negociables, incluidas acciones, bonos y fondos de inversión, y la Fundación podrá aceptarlos sin la aprobación del Comité Ejecutivo. Dichas donaciones podrán transferirse de tres maneras 1) transferencia de Depository Trust Company (DTC); 2) establecimiento de una cuenta en la firma de corretaje del donante a nombre de Colorado Mountain College Foundation, Inc. y transferencia por parte del corredor del donante; o 3) envío por correo o entrega de certificados físicos reales acompañados de un poder sobre las acciones.
Todos los valores negociables se venderán lo antes posible, salvo que el Comité Ejecutivo disponga lo contrario. Si se imponen restricciones a la venta de un valor, el Comité determinará si dichas restricciones son aceptables.
Todas las donaciones de acciones apreciadas se procesarán de forma rápida y eficaz en cuanto sea administrativamente posible (normalmente de uno a dos días laborables) para garantizar un efecto mínimo de la volatilidad del mercado y mantener relaciones positivas con los donantes.
El valor de tales regalos se determinará por la media del máximo y el mínimo del valor en la fecha del regalo. Si el regalo se realiza en fin de semana o día festivo, se valorará según la media de los valores medios de los días hábiles anterior y posterior. La fecha de la donación viene determinada por la fecha del matasellos si las acciones se envían por correo o la fecha en que los valores se entregan efectivamente en una cuenta a nombre de la Fundación.
c) Valores en cartera - El valor y la comerciabilidad de los valores en manos de particulares son más difíciles de determinar que los valores que cotizan en bolsa; por lo tanto, los valores en manos de particulares, restringidos o que cotizan con poca frecuencia sólo podrán aceptarse previa aprobación del Comité Ejecutivo, caso por caso, y se valorarán de acuerdo con la normativa del Servicio de Impuestos Internos (IRS). Las donaciones se revisarán para determinar que
-
- No existen restricciones sobre la garantía que impidan a la Fundación convertir en última instancia esas donaciones en activos en efectivo;
- El valor es negociable; y,
- La garantía no generará consecuencias fiscales indeseables para la Fundación.
Sin la debida aprobación del Comité Ejecutivo y del Consejo de Dirección de la Fundación, no se aceptarán donaciones que requieran que la Fundación se convierta en mandante de una empresa conjunta o de una actividad comercial en la que participe plenamente en los riesgos de la operación y tenga una responsabilidad más que limitada por la conducción del negocio (por ejemplo, como socio general o mandante en una empresa conjunta).
Antes de tomar una decisión definitiva sobre la aceptación de tales donaciones, podrá solicitarse la opinión de un asesor jurídico competente. Se hará todo lo posible por vender los valores no negociables lo antes posible.
d) Bienes muebles materiales (donaciones en especie) - Un regalo en especie es una contribución voluntaria de bienes personales tangibles, tales como obras de arte, objetos de colección, libros, equipos u otros bienes personales o materiales. Sólo se aceptará una contribución de bienes personales tangibles en especie cuando dicho obsequio pueda utilizarse para promover la misión educativa del Colegio y/o mejorar la calidad de la educación ofrecida a nuestros estudiantes y/o cuando dicho obsequio pueda venderse fácilmente por dinero en efectivo en beneficio del Colegio. Debido a la responsabilidad potencial y a los riesgos involuntarios que pueden estar asociados a cualquier donación en especie, la aceptación definitiva de todas estas donaciones corresponde al Comité Ejecutivo del Consejo de Administración de la Fundación, basándose en la recomendación por escrito del Director Ejecutivo (CEO) de la Fundación. El CEO tendrá la facultad discrecional de aceptar cualquier obsequio cuyo valor sea inferior a $3.000 sin someterlo a la aprobación del Comité Ejecutivo, a menos que el CEO lo considere oportuno. Dado que todo obsequio en especie puede plantear al Colegio problemas de responsabilidad y/o gastos imprevistos, se han elaborado procedimientos de aceptación de obsequios en especie y formularios de obsequios en especie (véase el anexo) para satisfacer las necesidades e intereses tanto del donante o donantes del obsequio como del personal del Colegio implicado en el obsequio. Todas las donaciones en especie deberán ser aprobadas por el Director General. antes de ser aceptado y no se consideran activos del Colegio hasta que dicha aprobación se conceda por escrito.
El Director General de la Fundación revisará todas las donaciones de bienes muebles tangibles utilizando al menos los siguientes criterios:
-
- ¿Cumple el bien personal tangible el propósito de la Fundación y la misión del Colegio?
- ¿Es comerciable el bien personal tangible?
- ¿Existen restricciones indebidas al uso, exposición o venta de los bienes muebles corporales?
- ¿Existe algún coste de mantenimiento derivado de la propiedad de los bienes personales tangibles una vez que se transfieren como activos al Colegio?
El título de propiedad de los bienes personales tangibles debe ser claro y libre de cargas y estar debidamente documentado de acuerdo con los Procedimientos de Aceptación de Regalos en Especie. No se aceptará ninguna donación de bienes personales tangibles sujeta al requisito de propiedad a perpetuidad sin la aprobación específica del Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo tendrá la última palabra sobre la aceptación de tales obsequios. La aceptación de cualquier donación de bienes muebles tangibles se comunicará al Consejo de Administración de la Fundación antes de la transferencia del bien al Colegio.
e) Bienes inmuebles - Todas las donaciones de bienes inmuebles se examinarán cuidadosamente para detectar posibles responsabilidades. Antes de aceptar un bien inmueble, el Comité Ejecutivo puede exigir un estudio medioambiental inicial para asegurarse de que el bien inmueble no tiene responsabilidades medioambientales o de otro tipo asociadas. En el caso de los bienes inmuebles no residenciales, podrá exigirse una evaluación medioambiental de la fase 1, así como un seguimiento adecuado en caso de que se detecten problemas. Dichas revisiones y seguimientos deben ser realizados y documentados por un profesional debidamente licenciado o certificado y, por lo general, los costes correrán a cargo del donante.
Además, si existe alguna duda sobre los límites, las servidumbres o el acceso a la propiedad, la Fundación exigirá una tasación independiente actualizada, un informe preliminar sobre el título de propiedad y un estudio topográfico a cargo del donante. Las condiciones o restricciones relativas al uso de la propiedad o a su posterior venta por parte de la Fundación deberán ser estudiadas por el tasador y aprobadas por el Comité Ejecutivo. Cada una de estas condiciones previas a la aceptación también beneficia al donante, ya que son fundamentales para determinar el valor real de la donación a la hora de determinar las consecuencias fiscales o patrimoniales del donante.
La Fundación no conservará bienes inmuebles durante más de dos años para eludir los requisitos de declaración de impuestos del Servicio de Impuestos Internos (IRS). Todas las donaciones de bienes inmuebles se considerarán según los siguientes criterios:
-
- es la propiedad inmobiliaria beneficiosa para la misión educativa del Colegio;
- si el bien inmueble puede revenderse por un valor razonable en las condiciones de mercado actuales o a corto plazo;
- ¿existen restricciones, reservas, servidumbres u otras limitaciones asociadas al bien inmueble?
- existen costes de mantenimiento, que pueden incluir seguros, impuestos sobre la propiedad, hipotecas, pagarés, tasaciones, etc. asociados a la propiedad de los bienes inmuebles; y,
- ¿las evaluaciones medioambientales correspondientes indican que el bien inmueble no tiene responsabilidades asociadas?
Debido a la naturaleza única de las donaciones de bienes inmuebles propuestas, el Comité Ejecutivo revisará cuidadosamente todas las donaciones de bienes inmuebles y presentará una recomendación formal al Consejo de Administración sobre la aceptación de la donación. El Presidente y el Consejo de Administración del Colegio aprobarán todas las donaciones de bienes inmuebles que se realicen en nombre del Colegio y no se revendan. Deberán cumplirse todos los requisitos previstos en la normativa de la Fundación.
f) Venta de gangas - Todas las ventas a precio de ganga deben cumplir las directrices relativas a las donaciones directas de bienes muebles e inmuebles. Es poco probable que se acepten bienes gravados con deudas si el préstamo supera el 50% del valor del bien inmueble. Entre los factores a tener en cuenta se incluyen:
- disponibilidad de fondos institucionales para adquirir el inmueble;
- la Fundación debe determinar que utilizará el bien inmueble, o que existe un mercado viable para la venta del bien inmueble que permita su venta en un plazo de 12 meses a partir de la recepción; y,
- los costes de salvaguardar, asegurar y gestionar los gastos asociados a los bienes inmuebles (incluido el impuesto sobre bienes inmuebles, si procede) durante el periodo de tenencia.
El Comité Ejecutivo examinará detenidamente todas las donaciones ofrecidas en condiciones de ganga y comunicará su decisión al Consejo de Administración de la Fundación antes de la transferencia del bien al Colegio.
g) Participaciones en petróleo, gas y minerales - La Fundación podrá aceptar intereses petrolíferos, gasísticos o minerales cuando lo considere oportuno. Todas las donaciones de intereses petrolíferos, gasísticos y minerales se considerarán según los siguientes criterios:
- Las donaciones de derechos de superficie deben tener un valor igual o superior a $20.000;
- Las donaciones de intereses petrolíferos, gasísticos y minerales deben generar al menos $3.000 al año en concepto de cánones u otros ingresos, según la media de los tres años anteriores a la donación;
- los bienes inmuebles anexos a los intereses petrolíferos, gasísticos y minerales no deben tener responsabilidades medioambientales o de otro tipo que hagan inapropiada la recepción de la donación;
- un interés de explotación sólo puede aceptarse cuando existe un plan para minimizar la responsabilidad potencial y las consecuencias fiscales; y,
- los bienes inmuebles afectos a los intereses petrolíferos, gasísticos y mineros deben someterse a una revisión medioambiental exhaustiva para garantizar que ni el Colegio ni la Fundación estén actual o potencialmente expuestos a responsabilidades medioambientales.
El Comité Ejecutivo revisará cuidadosamente todas las donaciones de petróleo, gas y/o intereses minerales y comunicará su decisión al Consejo de Administración de la Fundación antes de la transferencia del activo al Colegio.
h) Patrimonio vitalicio retenido - Todas las donaciones de bienes inmuebles vitalicios deben cumplir las directrices para donaciones directas de bienes inmuebles. Todas las donaciones de una propiedad vitalicia se considerarán según los siguientes criterios:
- el valor mínimo de estos regalos es de $100.000;
- se tendrá en cuenta la responsabilidad de las reparaciones de la propiedad, los impuestos, los seguros y otros gastos; y,
- la Fundación debería desaconsejar una donación actual procedente de un pequeño patrimonio si el valor de la propiedad representa una parte demasiado grande de la donación total. En su lugar, debería fomentarse la donación testamentaria para que el donante esté protegido frente a emergencias imprevistas.
Los donantes harán revisar todos los documentos por su propio asesor jurídico. El Comité Ejecutivo revisará cuidadosamente todas las donaciones de propiedades vitalicias retenidas y comunicará su decisión al Consejo de Administración de la Fundación antes de la transferencia del activo al Colegio.
i) Seguro de vida - Se puede efectuar una donación de seguro de vida nombrando a la Fundación propietaria y beneficiaria de una póliza de seguro de vida existente o nueva. Se recomienda a los donantes que consulten a sus asesores financieros o de otro tipo para conocer las ramificaciones fiscales de dicha donación. La Fundación sólo aceptará la titularidad de una póliza de seguro de vida en la que la Fundación sea la única beneficiaria en caso de fallecimiento.
Dado que las pólizas de seguro temporal rara vez permanecen en vigor hasta el fallecimiento del asegurado, no se fomentan.
j) Fideicomiso caritativo restante - Para justificar los gastos iniciales del donante en concepto de honorarios legales y contables, el valor justo de mercado sugerido para establecer un unitrust caritativo remanente es de $100.000.
La Fundación no actuará como fideicomisaria. Los honorarios del fideicomisario correrán a cargo del fideicomiso y no de la Fundación.
Es poco probable que la Fundación participe en la creación de un unitrust que genere una deducción benéfica inferior o igual al 15% del valor de la donación.
El documento final del fideicomiso debe ser elaborado o aprobado por un abogado.
en representación del donante.
k) Charitable remainder annuity trust (fideicomiso caritativo de renta vitalicia) - Para justificar los gastos iniciales del donante en concepto de honorarios legales y contables, el valor justo de mercado sugerido para establecer un fideicomiso de anualidades es de $100.000.
La Fundación no actuará como fideicomisaria. Los honorarios del fideicomisario correrán a cargo del fideicomiso y no de la Fundación.
Es poco probable que la Fundación participe en la creación de un fideicomiso de anualidades que genere una deducción benéfica inferior o igual al 15% del valor de la donación.
El documento final del fideicomiso debe ser elaborado o aprobado por un abogado.
en representación del donante.
l) Fideicomiso caritativo principal - El valor mínimo de financiación recomendado para un fideicomiso principal es de $500.000.
La Fundación no actuará como fideicomisaria. Los honorarios del fideicomisario correrán a cargo del fideicomiso y no de la Fundación.
El documento final del fideicomiso debe ser elaborado o aprobado por un abogado.
en representación del donante.
m) Legado benéfico - Se anima a los donantes y simpatizantes de la Fundación a que hagan legados a la Fundación a través de testamentos y fideicomisos.
Siempre que sea posible, la Fundación revisará por adelantado cualquier restricción o condición impuesta a un legado a la Fundación.
Para evitar conflictos de intereses, ningún representante de la Fundación debe figurar en el testamento o fideicomiso de un donante ni actuar en calidad oficial de testigo, apoderado, albacea o fideicomisario.
n) Cuando la Fundación reciba la notificación de un legado benéfico, el personal de la Fundación supervisará la distribución de la herencia o fideicomiso para garantizar un tratamiento adecuado. El personal también coordinará una respuesta adecuada para expresar pesar y gratitud a familiares y amigos.
o) Planes de jubilación - Se recomienda a los donantes que consulten a sus asesores fiscales para conocer las ramificaciones fiscales de dicha donación. Teniendo en cuenta la legislación fiscal federal, la Fundación no suele animar a los donantes a transferir una cuenta de jubilación individual (IRA) u otra cuenta de plan de jubilación a la Fundación antes del fallecimiento del donante, ya que esto se tratará como una retirada de la cuenta por parte del donante.
Siempre que sea posible, la Fundación revisará por adelantado la designación del beneficiario para asegurarse de que el lenguaje utilizado dará lugar a una distribución adecuada a la Fundación. El donante deberá ponerse en contacto con los administradores de su plan para cumplimentar los formularios de cambio de beneficiario correspondientes.
p) Organización de apoyo - El mínimo recomendado para establecer una organización de apoyo es de $1.000.000. Para justificar la participación, una parte significativa de los activos y distribuciones de la Organización de Apoyo deberá destinarse a beneficio de la Fundación. Si una Organización de Apoyo solicita un representante de la Fundación en su Consejo de Administración, la solicitud deberá presentarse al Comité Ejecutivo y estar firmada por los responsables ejecutivos de la Fundación.
La Organización de Apoyo deberá realizar distribuciones en beneficio de la Fundación al menos una vez al año, a menos que se acumulen fondos para su posterior distribución para proyectos específicos.
- Disposiciones adicionales
- Asegurar las tasaciones y los honorarios legales de las donaciones a la Fundación: Será responsabilidad del donante conseguir y pagar una tasación, cuando sea necesario, y un asesor jurídico independiente para todas las donaciones realizadas a la Fundación.
- Valoración de donaciones con fines de desarrollo: La Fundación registrará las donaciones recibidas según su valoración a efectos de donaciones en la fecha de la donación y valorará todas las donaciones de acuerdo con la normativa del IRS. Si la valoración de la donación el día en que se efectúa oficialmente no resulta práctica (por ejemplo, en el caso de donaciones de bienes inmuebles), la valoración se determinará mediante la tasación más reciente utilizada para evaluar la oportunidad benéfica en un principio.
- Responsabilidad de las declaraciones a Hacienda tras la venta de artículos de regalo: El Comité Ejecutivo de la Fundación es responsable de presentar el formulario 8282 del IRS en el momento de la venta o enajenación de cualquier activo vendido dentro de los dos o tres años siguientes a su recepción por la Fundación, cuando el valor de deducción benéfica del artículo sea superior a $5.000 dólares. La Fundación debe presentar este formulario dentro de los 125 días siguientes a la fecha de venta o enajenación del bien.
- Agradecimiento de todos los regalos. La Fundación cumplirá con los requisitos actuales del IRS en el reconocimiento de donaciones. La mayoría de las formas de donaciones planificadas enumeradas anteriormente darán derecho al donante o donantes a ser reconocidos en la Davenport Legacy Society de la Fundación. Les revenus annuels générés pour la Fondation à travers d'autres instruments (par exemple un fideicomisme charitable, etc.) permettront de reconnaître le/les donateur(s) au sein de la 14'er Société de la Fondation.
Definiciones
Rebajas - Venta de bienes muebles o inmuebles a una organización benéfica por un importe inferior a su valor justo de mercado. El exceso del valor sobre el precio de venta representa una donación.
Efectivo - Regalos en metálico que se hacen en forma de efectivo, cheque o Visa/MasterCard/American Express.
Legado benéfico - Donaciones que se hacen a través de un testamento.
Fideicomiso caritativo principal - Un fideicomiso del que una organización benéfica recibe ingresos durante la duración del fideicomiso, tras lo cual el capital se devuelve al donante o se distribuye a otras personas.
Charitable remainder annuity trust - Un acuerdo de fideicomiso irrevocable, establecido por un donante, para proporcionar pagos de una suma determinada (establecida al inicio del fideicomiso y que debe ser de al menos el cinco por ciento de su valor justo de mercado en ese momento) a uno o más beneficiarios no benéficos de por vida o por un plazo no superior a 20 años, tras lo cual el resto se distribuye a una o más organizaciones benéficas cualificadas.
Fideicomiso caritativo - Mediante un acuerdo de fideicomiso irrevocable, el fideicomiso es establecido por uno o más donantes para pagar, al menos anualmente, un porcentaje fijo (que será como mínimo el cinco por ciento del valor justo de mercado de los activos del fideicomiso valorados anualmente) a uno o más beneficiarios no benéficos de por vida o por un plazo no superior a 20 años, con el
el remanente se distribuye a una o varias organizaciones benéficas cualificadas.
Valores en cartera - Valores que no se han hecho públicos
negociados. Su valor y comerciabilidad son más difíciles de determinar que en el caso de los valores públicos.
Regalo - Transferencia voluntaria de activos de una persona u organización a la Fundación en la que el donante no espera, implica o recibirá bienes o servicios.
Seguro de vida - 1a) Donación de una póliza pagada, irrevocablemente cedida a una organización benéfica. 1b) Donación de una póliza, irrevocablemente asignada a una organización benéfica, en la que
primas. Si el donante sigue pagando las primas, ya sea a la compañía de seguros o a la organización benéfica, las primas son una donación benéfica. Las primas pagadas a la compañía de seguros o a la organización benéfica son deducibles de impuestos. 1c) Donación del producto del fallecimiento de una póliza cuyo beneficiario es una organización benéfica.
Petróleo, gas e intereses minerales - Interés que da a su propietario el derecho a "participar" en las primas recibidas en el arrendamiento junto con el derecho a "participar" en cualquier petróleo o gas encontrado.
Valores negociados públicamente - Valores que pueden convertirse fácilmente en efectivo a un precio razonable, como acciones y bonos.
Bienes inmuebles - Terreno, junto con cualquier edificio, valla u otras estructuras relativamente permanentes fijadas al terreno, además de cualquier otro derecho asociado.
Patrimonio vitalicio retenido - Acuerdo por el que el donante dona una residencia o propiedad personal y conserva el derecho a ocuparla de por vida.
Plan de jubilación - El donante hace que la organización benéfica sea la primera, segunda
o último beneficiario de la totalidad o parte de los ingresos dejados en un fondo de jubilación al fallecer.
Organización de apoyo - Una organización benéfica pública independiente creada para
apoyar a una o varias organizaciones benéficas.
Bienes personales tangibles - Cualquier bien (distinto del dinero en efectivo, los valores y los bienes inmuebles) que pueda tocarse, moverse y valorarse de forma precisa o aproximada, como antigüedades, obras de arte, automóviles, joyas o muebles.
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 22 de febrero de 2024
Política de tramitación de regalos
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Objetivo de la política
La presente Política de tramitación de donaciones apoya la tramitación eficaz de todas las donaciones recibidas por la Fundación.
Política
La Fundación agradece la generosidad de la comunidad y de sus donantes. Las donaciones deben procesarse, registrarse y reconocerse de forma que se protejan los intereses tanto de la Fundación como de sus donantes.
Todas las donaciones deben ser procesadas, registradas y reconocidas por la oficina central de la Fundación. Toda donación, incluida la información relacionada y la correspondencia original, recibida por los campus locales, proyectos universitarios, programas u otros representantes de la Fundación deberá remitirse inmediatamente a la oficina de la Fundación. A continuación se indican las pautas para facilitar la tramitación, registro y acuse de recibo de las donaciones:
- Todas las donaciones se registrarán en función del uso previsto por el donante: no restringido, restringido (es decir, para una campaña o proyecto específico), dotación, etc.
- De acuerdo con la política de tasas administrativas de la Fundación, las tasas se cobran en el momento en que la donación se destina al fin previsto.
- Para cada donación, se actualizarán las bases de datos de donantes y financiera para reflejar la información exacta del donante y la cuenta financiera.
- Todas las donaciones se depositarán inmediatamente. Si una donación no puede depositarse inmediatamente (por ejemplo, cierre del banco o día festivo), se guardará en un cajón cerrado con llave en la oficina central de la Fundación.
- Se enviará periódicamente un informe sobre las donaciones al personal correspondiente y a los representantes de la Fundación para su información y reconocimiento especial.
- Todas las donaciones se agradecerán con la debida antelación. Si se adjuntan recibos, deberán incluir el texto exigido por el Servicio de Impuestos Internos (IRS).
- Todos los regalos recibirán un recibo que incluirá el lenguaje requerido por el IRS. Si no se han recibido bienes ni servicios a cambio de la donación, inserte: "No se han recibido bienes ni servicios a cambio de su donación. Por lo tanto, el importe total de su contribución es deducible de impuestos según lo permitido por la ley." Si se recibió un bien o servicio, la Fundación debe informar al donante su valor justo de mercado para que el donante conozca la porción deducible de impuestos de la contribución. Por ejemplo, insertando: "A cambio de su contribución de $500, usted recibió un libro con un valor justo de mercado estimado de $75, por lo que $425 puede tratarse como una donación benéfica."
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 22 de febrero de 2024
Política de compromiso filantrópico
Misión
La Fundación Colorado Mountain College (Fundación) fomenta el apoyo sostenible de la comunidad a las necesidades y prioridades estratégicas de Colorado Mountain College y sus estudiantes.
Objetivo de esta política
La Fundación trabaja para crear diversas oportunidades de donación para sus donantes. Esta Política de Compromisos Filantrópicos rige la aceptación de compromisos plurianuales por parte de la Fundación.
Cambios en la política
La Fundación acepta compromisos plurianuales. Se aceptan promesas de entre tres y cinco años para grandes donaciones y de hasta diez años para donaciones de liderazgo. A continuación se indican las directrices para facilitar la recepción, tramitación y seguimiento de las promesas:
- Todas las promesas de donación se formalizarán mediante un acuerdo de compromiso en el que se detallará la finalidad de la donación, el calendario de pagos (incluida la fecha de inicio) y la forma en que el donante desea ser reconocido. El acuerdo de compromiso debe ser firmado por el donante y la Fundación (CEO).
- La oficina central de la Fundación gestionará y supervisará todas las promesas de contribución, enviando cartas recordatorias al menos cuatro semanas antes de la fecha de pago de las mismas.
- En caso de que un donante indique que un acuerdo de compromiso existente requiere modificación, el donante y el Director Ejecutivo de la Fundación deberán firmar una confirmación por escrito en la que se indiquen los cambios.
- El Director Ejecutivo de la Fundación podrá ser notificado de las promesas vencidas hace 30 días. El CEO de la Fundación u otro representante apropiado de la Fundación se pondrá en contacto directamente con el donante.
- Si el pago de una promesa de contribución se retrasa 12 meses, la promesa se considerará impagada y su importe será cancelado por la Fundación, a discreción del Director General de la Fundación.
- Las solicitudes de rescisión de compromisos deberán presentarse por escrito e incluir una breve justificación. El Director Ejecutivo de la Fundación deberá aprobar todas las cancelaciones. Podrá cancelarse el saldo total o la parte restante de una promesa.
- Los impagos de promesas asociados a una oportunidad de nombramiento previamente asignada se tratarán de la manera adecuada a la promesa concreta, y caso por caso, según determine el Comité Ejecutivo.
Definiciones
- Compromiso - Compromiso de donar un dólar concreto
importe según un calendario fijo - Promesa por defecto - Cuando un donante incumple un acuerdo de compromiso
Cambios en la política
Esta política ha sido revisada y aprobada por el Consejo de Dirección de la Fundación. El Consejo debe aprobar cualquier cambio o desviación de esta política.
Aprobado el 23 de febrero de 2023
ESTATUTOS MODIFICADOS Y REFORMULADOS DE LA COLORADO MOUNTAIN COLLEGE FOUNDATION, INC.
UNA CORPORACIÓN SIN ÁNIMO DE LUCRO DE COLORADO
(EN LO SUCESIVO, LA "SOCIEDAD")
ARTÍCULO I
Oficinas
- Oficinas principales y comerciales. La oficina principal de la Corporación en el Estado de Colorado estará ubicada en 802 Grand Avenue, Glenwood Springs, Colorado, 81601. La Corporación podrá tener otras oficinas dentro del Estado de Colorado según lo determine la Junta Directiva o según lo requieran los asuntos de la Corporación de vez en cuando.
- Domicilio social. La Sociedad tendrá y mantendrá de forma continua en el Estado de Colorado un domicilio social y un agente registrado cuya oficina sea idéntica a dicho domicilio social, tal y como exige la Ley de Sociedades sin Ánimo de Lucro de Colorado (Colorado Nonprofit Corporation Act). El domicilio social podrá ser, aunque no necesariamente, idéntico al domicilio principal en el Estado de Colorado, y la dirección del domicilio social podrá ser modificada periódicamente por el Consejo de Administración.
ARTÍCULO II
Consejo de Administración
- Poderes generales. Los asuntos de la Corporación serán regidos por su Directorio (el "Directorio"), y todos los derechos, facultades, deberes y responsabilidades relativos a la administración y control de los bienes y asuntos de esta Corporación corresponden al Directorio. Estas facultades corresponden a los Administradores reunidos en grupo y no a Administradores individuales, salvo delegación del Consejo. Los Administradores tienen el deber de actuar con razonable cuidado y prudencia en la administración de los asuntos de esta Sociedad y son responsables de desembolsar los fondos y bienes recibidos por la Sociedad únicamente para los fines para los que fueron recibidos. El Consejo exigirá una contabilidad periódica de todos los fondos desembolsados por la Sociedad. Los Directores no necesitan ser residentes del Estado de Colorado. La Sociedad no concederá préstamos a sus Administradores o directivos.
- Número, titularidad y cualificaciones. El número de Consejeros será de siete como mínimo y veinticinco como máximo, y el Consejo determinará el número exacto en cada ocasión. Cada Director será propuesto por el Comité de Gobernanza del Consejo y será elegido por el Consejo en una o más fechas durante cada año especificado por el Consejo de vez en cuando. Previa recomendación del Comité de Gobernanza del Consejo y aprobación por mayoría de votos de los Directores en funciones, un Director ocupará su cargo por un mandato inicial de hasta uno, dos o tres años, y podrá desempeñar mandatos adicionales de la duración que fije el Consejo, siempre que ninguna persona pueda desempeñar el cargo de Director durante más de ocho años consecutivos. Los mandatos iniciales parciales de menos de seis meses, con pleno derecho de voto, no cuentan para los años de servicio de un Director. Todos los mandatos de los Administradores que expiren durante un ejercicio fiscal determinado expirarán simultáneamente el 30 de junio de ese año. Todos los Administradores cuyo mandato actual expire durante un ejercicio fiscal determinado y que sean propuestos por el Comité de Gobernanza del Consejo y elegidos para un nuevo mandato, comenzarán su nuevo mandato el 1 de julio de ese ejercicio fiscal. Cuando un Director cumpla ocho años consecutivos de servicio, deberá abandonar el Consejo y podrá ser reelegido después de un mínimo de doce meses Las personas serán consideradas como Directores si han expresado su voluntad de ayudar a la corporación a lograr sus propósitos. El Consejo hará esfuerzos razonables para lograr una representación geográfica equilibrada en el conjunto del Consejo.
- Reuniones ordinarias. El Consejo celebrará no menos de tres (3) reuniones ordinarias al año en el lugar que decida el Consejo de Administración o el Presidente dentro del Distrito de Colorado Mountain Junior College, previa notificación por escrito al menos diez (10) días naturales antes de la reunión.
- Reuniones extraordinarias. Las reuniones especiales de la Junta Directiva podrán ser convocadas por o a petición del Presidente o de un tercio de los miembros de la Junta. El Presidente de la Junta fijará el lugar dentro del Colorado Mountain Junior College District para la celebración de cualquier reunión especial de la Junta convocada según lo dispuesto en la frase anterior.
- Convocatoria de reuniones extraordinarias. La convocatoria de cualquier reunión extraordinaria del Consejo de Administración se realizará con una antelación mínima de cinco días naturales mediante notificación por escrito enviada por correo postal o electrónico a cada uno de los Consejeros a la dirección que conste en los registros de la Sociedad. Si se envía por correo, la notificación se considerará entregada el día en que se deposite en el correo de los Estados Unidos con franqueo pagado. Si se envía por correo electrónico, se considerará entregada en el momento de su envío. Cualquier Consejero podrá renunciar a la convocatoria de cualquier reunión. La asistencia de un Consejero a cualquier reunión constituirá una renuncia a la convocatoria de dicha reunión, excepto cuando un Consejero asista a una reunión con el propósito expreso de oponerse a la tramitación de cualquier asunto porque la reunión no ha sido legalmente convocada o convocada. No es necesario especificar en la convocatoria o en la renuncia a la convocatoria de una reunión extraordinaria del Consejo los asuntos que se vayan a tratar o el objeto de dicha reunión, salvo que los presentes Estatutos exijan lo contrario.
- Quórum. Una mayoría simple del número de Consejeros que formen parte del Consejo constituirá quórum para tratar los asuntos en cualquier reunión del Consejo; si en dicha reunión estuvieran presentes menos de la mayoría simple de los Consejeros, la mayoría de los Consejeros presentes podrá aplazar la reunión a otro momento o lugar, sin más aviso que el anuncio en la reunión, hasta que haya quórum. Los miembros del Consejo que tengan un conflicto de intereses en asuntos específicos que requieran una votación del Consejo deberán abstenerse de votar.
- Forma de actuar. Los acuerdos del Consejo se adoptarán por mayoría simple de los Consejeros presentes en una reunión en la que haya quórum, salvo que la ley o los presentes Estatutos exijan un número mayor.
- Apoderados. No se admitirán delegaciones de voto en ninguna votación del Consejo o de sus comités.
- Vacantes. Cualquier vacante que se produzca en el Consejo y cualquier puesto de Consejero que deba cubrirse como consecuencia de un aumento del número de Consejeros se cubrirá de la misma forma descrita en el apartado 2 anterior. El Consejero elegido para cubrir una vacante será elegido para iniciar un nuevo mandato.
- Compensación. Los Consejeros no recibirán ningún salario fijo por sus servicios, pero se les podrán permitir ciertos gastos de asistencia, si los hubiere, por la asistencia a cada reunión ordinaria o extraordinaria del Consejo.
- Acción informal de los directores. Cualquier medida que la ley exija que se adopte o que pueda adoptarse en una reunión de Consejeros podrá adoptarse con o sin previo aviso y sin necesidad de reunión si todos los Consejeros con derecho a voto firman un consentimiento por escrito o por correo electrónico en el que se establezca la medida que se va a adoptar. El consentimiento será suficiente si se ejecuta en contrapartes, en cuyo caso todas las contrapartes, tomadas en conjunto, constituirán un único y mismo consentimiento.
- Reuniones por teléfono. Los miembros del Consejo o de cualquiera de sus comités podrán participar en una reunión del Consejo o de un comité por medio de un teléfono de conferencia o de un equipo de comunicaciones similar que permita a todas las personas que participen en la reunión oírse entre sí al mismo tiempo. Dicha participación constituirá una presencia personal en la reunión. El Presidente determinará cuándo se requiere la participación en persona.
- Asistencia. La ausencia de un miembro de la Junta Directiva a más de tres (3) reuniones sucesivas de la Junta Directiva será motivo para la destitución de dicho miembro de la Junta Directiva de conformidad con el párrafo 14 a continuación.
- Dimisión y destitución. Cualquier Consejero puede dimitir en cualquier momento presentando su dimisión por escrito al Consejo de Administración. La aceptación de dicha dimisión no será necesaria para hacerla efectiva. Cualquier Consejero podrá ser destituido en cualquier momento por causa justificada (definida como la falta de cumplimiento por parte de dicho miembro de las disposiciones de los presentes Estatutos y/o de las políticas vigentes del Consejo de Administración) mediante el voto favorable de la mayoría de todos los Consejeros, siempre que en la convocatoria de la reunión en la que se adopte dicha medida se especifique que uno de los puntos del orden del día de dicha reunión será la propuesta de destitución de dicho Consejero.
ARTÍCULO III
Funcionarios
- Funcionarios. Los funcionarios de la Corporación serán un Presidente, un Vicepresidente, un Tesorero, un Secretario y los demás funcionarios que puedan ser elegidos o designados de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo. El Consejo podrá elegir o designar a los demás funcionarios que estime convenientes, los cuales tendrán la autoridad y desempeñarán las funciones que el Consejo prescriba periódicamente.
- Nombramiento y mandato. El Comité de Gobierno de la Junta Directiva propondrá una lista de miembros de la Junta Directiva, que serán elegidos por la Junta Directiva al mismo tiempo cada año que los miembros de la Junta Directiva sean elegidos de conformidad con el Artículo II, Párrafo 2 anterior.
- Destitución y dimisión. Cualquier funcionario elegido por el Directorio podrá ser destituido por el Directorio siempre que, a su juicio, ello redunde en beneficio de los intereses de la Sociedad. Cualquier funcionario elegido por la Junta puede renunciar en cualquier momento mediante notificación por escrito a la Corporación.
- Vacantes en las oficinas. La vacante de un cargo por fallecimiento, dimisión, destitución, inhabilitación o cualquier otra causa será cubierta por la Junta Directiva.
- Silla. El Presidente, bajo la dirección y supervisión del Consejo de Administración, (i) actuará como máximo responsable de la gobernanza de la Sociedad y, por lo tanto, será responsable de garantizar que el Consejo de Administración cumpla con sus tareas de gobernanza, tal y como se establece en los presentes Estatutos y en las políticas de gobierno vigentes del Consejo de Administración, y (ii) desempeñará todas las demás funciones inherentes al cargo de Presidente del Consejo de Administración y que el Consejo de Administración le asigne en cada momento, incluidas, entre otras, las de presidir todas las reuniones del Consejo de Administración y actuar como signatario autorizado del Consejo de Administración. El mandato del Presidente durará un año, con un máximo de tres mandatos de un año.
- Vicepresidente. En caso de fallecimiento, ausencia o incapacidad del Presidente, el Vicepresidente tendrá y asumirá la autoridad, poderes y obligaciones del Presidente. El Vicepresidente tendrá las funciones adicionales que le asigne el Consejo de Administración. A petición del Presidente, el Vicepresidente asesorará y consultará al Presidente. El mandato del Vicepresidente durará un año, con un máximo de tres mandatos de un año.
- Secretario. El Secretario mantendrá o hará que se mantengan los registros corporativos de conformidad con estos Estatutos. El Secretario se asegurará de que las reuniones del Consejo sean convocadas con la antelación requerida y de que las actas sean debidamente registradas y firmadas por el Secretario tras su aprobación. El mandato del Secretario durará un año, con un máximo de tres mandatos de un año.
- Tesorero. El Tesorero presidirá el Comité de Finanzas e Inversiones. Será responsable de recomendar al Consejo el presupuesto operativo, recomendar y actualizar las políticas relativas a la gestión del efectivo y las inversiones de la Fundación, garantizar el cumplimiento de las políticas financieras del Consejo, informar al Consejo sobre las finanzas, supervisar la relación de custodia de los activos gestionados por terceros y supervisar todas las cuentas de efectivo e inversiones de la Fundación. El mandato del Tesorero durará un año, con un máximo de tres mandatos de un año.
- Consejero Delegado. El Patronato contará con un gestor profesional que se denominará Director Ejecutivo (CEO) y el Director Ejecutivo de la Fundación dependerá del Presidente del Colorado Mountain College. La contratación del CEO y la negociación de su contrato de trabajo, así como la administración de su evaluación de desempeño, serán responsabilidad del Presidente del College, con la participación del Consejo de la Fundación. El CEO administrará los asuntos cotidianos de la Corporación de acuerdo con estos Estatutos, las Políticas de Gobierno de la Corporación, las Políticas y Procedimientos de Colorado Mountain College y un acuerdo de empleo. El Director General también será responsable de la contratación de personal adicional de conformidad con las Políticas de Gobierno de la Corporación. El CEO será miembro ex-officio de todos los comités de la Corporación.
ARTÍCULO IV
Comisiones
El Consejo puede crear, de vez en cuando, los comités que considere necesarios para ayudarle en su labor. La resolución por la que se establezcan dichos comités indicará la finalidad, el calendario y la autoridad de cada uno de ellos. A menos que se estipule lo contrario en estos Estatutos o en las Políticas de Gobierno de la Corporación, el CEO nombra a un presidente y a los miembros de cada Comité del Consejo.
ARTÍCULO V
Contratos, cheques, depósitos y fondos
- Contratos. El CEO está autorizado a firmar contratos en nombre de la Corporación. Sin embargo, la ejecución de todos los contratos se hará de acuerdo con las políticas, procedimientos y directrices de compras y contratos de Colorado Mountain College y en consulta con la oficina de Compras de Colorado Mountain College. El CEO firmará todos los acuerdos de donación, contratos de donantes y subvenciones.
- Cheques, letras de cambio y otros instrumentos. Todos los cheques, giros u órdenes de pago de dinero, pagarés u otros títulos de crédito emitidos en nombre de la Corporación, serán firmados por el CEO o su designado, si sólo se requiere una firma. Si se requieren dos firmas, el CEO y / o el Presidente y / o otro miembro de la Junta (s) y / o personal de Colorado Mountain College como se ha considerado apropiado y votado por la Junta firmará dicho documento.
- Depósitos. Todos los fondos de la Corporación se depositarán a crédito de la Corporación en los bancos, compañías fiduciarias u otros depositarios que la Junta seleccione.
- Regalos. El Consejo de Administración podrá aceptar en nombre de la Corporación, y de conformidad con las Políticas de Gobierno de la Corporación, y las Políticas y Procedimientos de Colorado Mountain College, cuando sea necesario, cualquier donación, contribución, regalo, legado, o legado para los fines generales o para cualquier propósito especial de la Corporación. Deberá existir un comité de aceptación de donaciones del Consejo para evaluar las donaciones complejas y/u oscuras según lo determine el Director Ejecutivo de la Fundación. El Patronato custodiará y gestionará de forma segura dichas donaciones, y las desembolsará y distribuirá a su entera discreción de acuerdo con sus fines corporativos y las Políticas de Gobierno de la Fundación, y en todo momento de forma que se mantenga el estatus de exención fiscal de la Fundación según el Código de Rentas Internas de 1986.
ARTÍCULO VI
Libros y registros
La Sociedad llevará libros y registros contables correctos y completos y levantará actas de las reuniones de la Junta Directiva y sus comités. Todos los libros y registros de la Sociedad podrán ser inspeccionados de conformidad con la Colorado Non-Profit Corporation Act.
ARTICE VII
Año fiscal
El año fiscal de la Corporación será del 1 de julio al 30 de junio.
ARTÍCULO VIII
Indemnización y seguro
- Indemnización. Ningún funcionario o Director de la Corporación será personalmente responsable de las deudas u obligaciones de la Corporación. Ningún funcionario o Director de la Corporación será responsable por acciones tomadas u omisiones hechas en el desempeño de sus deberes como funcionario o miembro de la Junta, excepto por actos u omisiones voluntarios o intencionales. La Corporacion indemnizara y eximira de responsabilidad a cada persona y a sus herederos y representantes personales que en el futuro se desempeñen como Director o funcionario de la Corporacion, de y contra cualquier reclamo, juicio y responsabilidad a la que dichas personas esten sujetas por el hecho de desempeñarse ahora, en el pasado o en el futuro como Director o funcionario de la Corporacion, o por cualquier accion que se alegue que en el pasado o en el futuro haya sido tomada o se haya abstenido de tomar por dicho Director o funcionario, excepto por actos u omisiones intencionales o dolosos. La Corporación indemnizará a cualquiera de dichos funcionarios o Directores y reembolsará a dicha persona los gastos, incluyendo honorarios de abogados, en los que real y razonablemente haya incurrido dicho funcionario o Director en relación con la defensa de cualquier acción, juicio o procedimiento, civil o penal, en el que sea parte por ser o haber sido funcionario o Director de la Corporación, excepto en relación con asuntos en los que en dicha acción, juicio o procedimiento se le declare responsable por negligencia o mala conducta en el cumplimiento de sus deberes para con la Corporación.
Los derechos que correspondan a cualquier persona en virtud de las disposiciones anteriores de esta sección no excluirán ningún otro derecho al que dicha persona pueda legalmente tener derecho, ni nada de lo aquí contenido restringirá el derecho de la Corporación a indemnizar o reembolsar a dicha persona en cualquier caso apropiado, aunque no esté específicamente previsto en este documento. La Corporación, sus Directores, funcionarios, empleados y agentes, estarán plenamente protegidos al tomar cualquier acción o efectuar cualquier pago, o al negarse a hacerlo, basándose en el consejo de un asesor legal. La indemnización aquí prevista no se considerará exclusiva de cualesquiera otros derechos a los que puedan tener derecho las personas que soliciten la indemnización en virtud de cualquier otro Estatuto, acuerdo, votación de los miembros o Directores desinteresados, o de otro modo, tanto en lo que respecta a la actuación en calidad oficial como en lo que respecta a la actuación en cualquier otra calidad durante el ejercicio de dicho cargo; y continuará en lo que respecta a la persona que haya dejado de ser Director, funcionario, empleado o agente, y redundará en beneficio de los herederos y representantes personales de dicha persona.
- Seguros. La Corporación puede adquirir y mantener un seguro en nombre de cualquier persona que sea o haya sido Director, funcionario o empleado de la Corporación, o que esté o haya estado prestando servicios a petición de la Corporación como Director, funcionario, empleado o agente de otra corporación, asociación, empresa conjunta, fideicomiso u otra empresa contra cualquier responsabilidad afirmada en contra de dicha persona e incurrida por dicha persona en cualquier capacidad o que surja de la condición de dicha persona como tal, ya sea que la Corporación tenga o no la facultad de indemnizarla por responsabilidad en virtud de las disposiciones de esta sección o de la Ley de Corporaciones sin Fines de Lucro de Colorado.
ARTÍCULO IX
Renuncia a la notificación
Siempre que se requiera la entrega de una notificación en virtud de las disposiciones de la Colorado Non-Profit Corporation Act o en virtud de las disposiciones de los Artículos de Incorporación o los Estatutos de la Corporación, una renuncia a la misma por escrito firmada por la persona o personas con derecho a dicha notificación, ya sea antes o después de la hora establecida en el presente documento, se considerará equivalente a la entrega de dicha notificación.
ARTÍCULO X
Distribución en caso de disolución
Tras la disolución de esta Fundación o la liquidación de sus asuntos, el consejo de administración, después de pagar o hacer provisión para el pago de todas las deudas y obligaciones de la Fundación distribuirá los activos restantes de la Fundación a Colorado Mountain College, y si el Colegio no está entonces en existencia como un distrito independiente junior college, or is not then an exempt organization under Section 501(c)(3) of the Code, then to one or more organizations that have similar purposes as the College and qualify, at the time of the distribution, as exempt organizations under Section 501(c)(3) of the Code, as the Board of Directors shall determine. Aucun directeur ou fonctionnaire de la Fondation ou tout particulier n'aura droit à participer à la répartition des actifs de la Fondation à sa dissolution.
ARTÍCULO XI
Varios
Los presentes Estatutos podrán ser modificados o derogados y podrán adoptarse nuevos Estatutos mediante el voto de la mayoría simple de los miembros del Consejo en cualquier reunión del mismo o mediante el consentimiento por escrito de todos los Consejeros de la Sociedad.
CERTIFICADO DE SECRETARIO
El abajo firmante certifica:
(1) Que soy el actual Secretario debidamente elegido y en funciones de Colorado Mountain College Foundation, Inc. una corporación sin ánimo de lucro de Colorado; y
(2) Que los Estatutos precedentes, que constan de ocho (8) páginas, constituyen los Estatutos de dicha corporación debidamente adoptados por consentimiento unánime del Consejo de Administración de la misma con fecha efectiva de 22nd día de Noviembre, 2021.
EN FE DE LO CUAL, suscribo el presente documento con mi nombre y estampo el sello de dicha sociedad con efecto el 22nd día de Noviembre, 2021.
Por: Rob LeVine Secretario
Documentos fundacionales
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Carta de determinación del IRS | 332.06 KB | DescargarVista previa |
CMCF 990 11-9-23 | 183.22 KB | DescargarVista previa |